Documento · tomo X
CARIDAD DE HOMBRES DE FOLLEVILLE, PAILLART Y SEREVILLERS
Juana Le Bret, María Truffar, Santas Coullaré, Margarita Desmarest, Claudia Godefroy.
Todas las cuales me pidieron que las recibiera en dicha asociación.
Así lo hice.
Y habiendo procedido luego a la elección de oficialas por mayoría de votos, eligieron como priora a Francisca Bourlier, esposa de Eustaquio Collés, como primera asistenta a María Collés, y como segunda asistenta a Santas Guillemin; como procurador de la asociación fue elegido Antonio Menoiste.
En Paillart, en presencia del señor Rolando Vuarin, párroco de dicho lugar y rector de dicha asociación, y de la mayor parte del pueblo, el día y año antes citados. 206 [132,XIII,484-490] CARIDAD DE HOMBRES DE FOLLEVILLE, PAILLART Y SEREVILLERS 23 octubre 1620 Reglamento para los hombres que sean recibidos en la asociación de la Caridad y principalmente de la finalidad de su admisión Los hombres serán recibidos en la asociación de la Caridad establecida en las aldeas de Folleville, Paillart y Sérévillers por la autoridad del reverendísimo señor obispo de Amiens, a fin de asistir a los pobres sanos de uno y otro sexo que viven en dichos lugares, y para que tengan un motivo para practicar y hacer practicar a los pobres los ejercicios de piedad que se indican a continuación y que dicha asociación acostumbra practicar para honrar a Nuestro Señor Jesucristo, su patrono, y a su santa Madre, y para cumplir el gran deseo que ellos tienen de que nos amemos unos a otros como él nos ha amado. ________ Documento 206.
Autógrafo.
Archivo de la Misión, original. 628
De la manera de asistir a los pobres sanos en sus necesidades Los niños se pondrán a aprender un oficio apenas tengan la edad competente para ello.
Todas las semanas se les distribuirá a los pobres impotentes y a los ancianos que no pueden trabajar todo lo que necesiten para vivir.
Y en relación con aquellos que no ganan más que una parte de lo que necesitan, la asociación les atenderá con el resto.
Se comprarán algunas ovejas y se distribuirán entre los asociados, que harán la caridad de alimentarlas en provecho de dicha asociación, unos más y otros menos, según puedan, y los frutos que se saquen de dichas ovejas se venderán todos los años, alrededor de la fiesta de san Juan, por el visitador, según las órdenes que le den los directores de dicha asociación; y el dinero que se obtenga de ello se entregará al tesorero, en presencia del comendador y del rector; y las ovejas serán marcadas con la marca de la asociación y se renovarán cada cinco años.
De los oficios en general Los hombres asociados, que llevarán el nombre de servidores de los pobres, elegirán a doce de entre ellos que se llamarán asistentes de la Caridad, los cuales, para perpetuar más esta asociación, harán una promesa de la forma que se indica a continuación, renovándola todos los años, de observar el presente reglamento y de procurar la conservación y el aumento de esta asociación.
Estos doce elegirán a tres de entre ellos cada dos años, el día siguiente de Pentecostés, de los que uno será el comendador, otro el tesorero y otro el visitador, los cuales, junto con el resto de la asociación, que será un eclesiástico, llevarán la dirección total de todo lo que se refiere a los pobres sanos solamente; y cuando muriera alguno de dichos asistentes, los asociados se reunirán para nombrar a otro.
Del comendador El comendador presidirá las asambleas junto con el rector, y ambos procurarán juntamente que se observen y ejecuten 629
con fidelidad, caridad y diligencia el presente reglamento y todas las resoluciones que se tomen en las asambleas El tesorero El tesorero representará y tendrá la autoridad del comendador en su ausencia; recibirá y guardará el dinero en un cofre con dos llaves, una de las cuales guardará el comendador y él la otra, sin que pueda tener en su poder más que aquello que se necesite para distribuir durante un mes a los pobres sanos, ni abrir dicho cofre más que en presencia del comendador o del rector.
Empleará el dinero según las órdenes de dichos directores y dará cuentas anualmente, el día que se le ordene, en presencia de dichos directores, de los asistentes, del juez y del procurador fiscal del lugar.
Además escribirá las resoluciones de las asambleas en un registro que guardará para ello.
El visitador El visitador informará de los pobres vergonzantes, viudas, huérfanos, presos y otras personas afligidas, para que se les vaya a visitar y consolar y para hacer un informe de ellos en las asambleas, a fin de socorrerles según se ordene, a no ser en caso de necesidad apremiante, en el que tratará sólo con dichos rector y comendador y seguirá las órdenes que éstos le den.
Igualmente se preocupará de que todos los pobres asistan a las catequesis que les dé o les haga dar el rector todos los domingos, o cada quince días, y que comulguen todos los que estén en edad para ello.
De las asambleas Los directores se reunirán de ordinario los primeros domingos de cada mes, después de vísperas, y con más frecuencia si es necesario; presentarán las necesidades temporales y espirituales de la asociación; decidirán de ellas por mayoría de 630
votos, que recogerá el rector o, en su ausencia, el comendador, sin que pueda ninguno, una vez emitido su voto, replicar a quien le contradiga y sea de opinión contraria; y en el caso de que dichos directores estén divididos por la mitad en su opinión, los otros nueve asistentes o la parte de aquellos que se puedan reunir cómodamente, hasta el número de cinco, decidirán la diferencia por mayoría de votos, que serán reunidos por el mayor de entre ellos.
De la misa, comunión, letanías, exhortación y lectura del presente reglamento, que habrán de hacerse los primeros domingos de mes.
Y a fin de que los servidores de los pobres progresen y se confirmen cada vez más en el espíritu de caridad, se reunirán los primeros domingos de cada mes en la capilla de la Caridad, en donde oirán misa por la mañana, y los que tengan devoción de confesar y comulgar, tal como a todos se les exhorta, confesarán y comulgarán en esa misa.
Después de comer, asistirán a las letanías de Nuestro Señor o de la Santísima Virgen, a continuación de las cuales les harán una breve exhortación o se tendrá la lectura del reglamento.
Hecho esto, los directores consultarán juntos los asuntos de la asociación Del amor a Nuestro Señor Jesucristo, patrono de la asociación y a su santísima Madre Como uno de los principales motivos para los que se ha establecido esta asociación es honrar a Nuestro Señor Jesucristo y a su santa Madre, se les exhorta a los servidores de los pobres que les muestren un gran honor y reverencia en su interior, y que recen para ello todos los días cinco padrenuestros y cinco avemarías. 631
Tomo X · página PDF 629De la caridad mutua que tendrán los servidores de los pobres Los servidores de los pobres tendrán una gran caridad unos con otros, se visitarán mutuamente y se consolarán en sus aflicciones; dispondrán que se les administren los santos sacramentos a su debido tiempo y lugar; tendrán plegarias comunes y en particular para que todos salgan de este mundo en buen estado y asistirán corporativamente tanto a la administración de los santos sacramentos como al entierro de dichos servidores y de las sirvientas de los pobres, por cuyas almas harán celebrar una misa y cada uno en particular rezará por su intención un rosario cuando pueda.
Conviene señalar que esta norma, como todas las demás que pertenecen al presente reglamento, son voluntarias y no obligan bajo pecado mortal ni venial.
Del celo que los servidores de los pobres tendrán por la conservación de la asociación de mujeres tanto como por la de la suya Puesto que la asociación de hombres y la de mujeres son una misma asociación, que tienen un mismo patrono, una misma finalidad y los mismos ejercicios espirituales, siendo solamente su ministerio distinto lo que las divide, ya que el cuidado de los pobres sanos pertenece a los hombres y el de los enfermos a las mujeres, y puesto que Nuestro Señor no saca menos gloria del ministerio de las mujeres que del de los hombres, dado que incluso parece preferible el servicio de los enfermos que el de los sanos, por eso los servidores de los pobres tendrán un cuidado parecido de la conservación y aumento de la asociación de mujeres que de la suya; para ello, pondrán la cuarta parte de sus fondos anuales y más, si fuera necesario, en manos de la tesorera que guarda el dinero de las mujeres, en caso de que no les baste con el dinero que obtienen de las colectas que ellas hacen; esto podrá saberse por medio del rector, ya que es el superior de ambas asociaciones.
Tomo X · página PDF 630Y a fin de que dichos directores conozcan la situación de los asuntos de la asociación de mujeres, asistirán a su rendición de cuentas el día siguiente a la festividad de Todos los Santos. 632
Tomo X · página PDF 630Fórmula de promesa de los servidores de los pobres Como se ha dicho, a fin de dar mayor estabilidad a esta asociación, los asistentes harán y pronunciarán la siguiente promesa en presencia del rector, después de vísperas, en la capilla de la Caridad, el día de Pentecostés o el día siguiente, de la siguiente forma: «Yo..., servidor de los pobres de la asociación de la Caridad, elegido como asistente de la misma, prometo en presencia del señor rector de esta asociación observar su reglamento y procurar con todas mis fuerzas su conservación y progreso, con la ayuda de Dios, que le pido para ello.
En.... el...»
APROBACIÓN DE LA COFRADÍA Francisco, por la misericordia de Dios obispo de Amiens, ante la solicitud que se nos ha dirigido ¿e que se establezca bajo nuestra autoridad la asociación de la Caridad en las aldeas de Folleville, Paillart y Sérévillers, de nuestra diócesis de Amiens, ya que solamente está compuesta actualmente de /mujeres/ 1 y en favor de los pobres enfermos, y hay muchos hombres piadosos y caritativos que desearían ser admitidos y asociados en dicha asociación, tanto para cuidar de los pobres enfermos, como para tener ocasión de practicar las demás obras de piedad de dicha asociación, aprobamos el celo de esos hombres y el reglamento anteriormente trascrito para ellos y permitimos que sean recibidos en dicha asociación por el rector de la misma, con la carga de que se obliguen a observar dicho reglamento.
Exhortamos además a dichos párrocos, rectores de dicha asociación, y a las demás personas a quienes pertenezca que apoyen y presten toda su asistencia a la ejecución de la presente, como una obra muy seria e importante para el bien común de los fieles.
Dado en Amiens, 23 de octubre de 1620. ________ 1.
Texto del original: personas. 633
Tomo X · página PDF 631VINCENTIUS es una herramienta de consulta. Para trabajos académicos recomendamos verificar siempre la referencia en la edición original indicada.