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DECLARACION SOBRE UNA CANTIDAD DE DINERO DEPOSITADA EN SUS MANOS

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rias y nunca de las suyas propias, ni siquiera bajo pretexto de caridad, ni de sus pequeños asuntos y dificultades con nadie, a no ser con la superiora; escribirán frecuentemente a sus superiores espirituales de París sobre la situación de su espíritu, siguiendo sus consejos y obedeciéndoles con toda fidelidad; leerán todos los viernes en la mesa el presente reglamento; y finalmente se imaginarán la felicidad de su condición: cómo sirven a Nuestro Señor en la persona de sus pobres, cómo él reconocerá que es a él a quien sirven en la persona de sus pobres enfermos, y cómo ellas podrán ir con la cabeza levantada en el día del juicio, cómo cumplen enteramente la ley de Dios haciendo lo que hacen y cómo finalmente estarán siempre en Dios, y Dios en ellas, mientras permanezcan en la caridad. 219 [144,XIII,547-551] DECLARACION SOBRE UNA CANTIDAD DE DINERO DEPOSITADA EN SUS MANOS 25 agosto 1644 El que suscribe, Vicente de Paúl, superior general de la congregación de la Misión, hago saber y declaro a todos los presentes y venideros a los que corresponda: Que, habiendo la divina providencia permitido desde hace varios anos que algunos de los señores prelados de este reino, especialmente el ilustrísimo y reverendísimo señor Juan Francisco de Gondy, primer arzobispo de París, hayan puesto sus ojos en nosotros, aunque indignos, para erigir en sus diócesis la cofradía de la Caridad, compuesta de mujeres y jóvenes, para la asistencia corporal y espiritual de los pobres enfermos, nuestro santo Padre el Papa Urbano VIII, de feliz memoria, ________ Documento219.

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Firmado.

Original en las hijas de la Caridad de Caen, 71 rue de Bayeux.

Al comienzo, al margen, está escrito: «Esta cantidad se utilizó luego en beneficio de las hijas de la Caridad; por tanto este acta es inútil». 686

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hace algún tiempo que nos ha dado un poder general para establecerla en todos los lugares en donde les parezca bien a los señores obispos, tal como aparece en la bula de confirmación de dicha congregación.

Y , habiéndonos hecho ver la experiencia que las que ya estaban establecidas en las ciudades no podían subsistir, debido a que las damas que las componían no sabían por su condición dedicarse personalmente a todos los servicios bajos y fatigosos que hay que hacer a dichos enfermos, según indica el reglamento de dicha cofradía, la misma Providencia nos ha enviado algunas buenas jóvenes aldeanas, que hemos recibido para ello y puesto todas juntas bajo la dirección de la señorita Le Gras, cuya piedad y celo todos conocen, a fin de poder utilizarlas luego, tal como ahora se utilizan, en la mayor parte de las parroquias de París y otros lugares de este reino.

Todo ello con la aceptación de los señores prelados, cada uno en su diócesis, y especialmente del señor arzobispo de París.

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Cierta persona de mucha piedad y caridad que, por humildad, no desea dar su nombre, habiendo sabido por experiencia y considerado frecuentemente todos los bienes que Dios realiza con su bondad por medio de estas pobres jóvenes y la bendición que concede a sus trabajos, que consisten en la atención, tanto espiritual como corporal, no solamente a los pobres enfermos, sino también a los forzados condenados a las galeras mientras están detenidos en esta ciudad de París, y hasta a los pobres niños expósitos a quienes estas mujeres crían desde hace varios años, así como a las niñas a las que instruyen gratuitamente: sintiéndose además impresionado por la piedad, caridad, modestia, sencillez, pureza y estrecha unión que demuestran continuamente estas jóvenes entre sí desde su fundación, que comenzó hace catorce o quince años; considerando además que estas buenas mujeres no podrían subsistir permaneciendo siempre en una casa prestada o alquilada; ha sentido la devoción de dar los medios para poder comprar una casa que esté destinada para siempre a esta finalidad, y por propio impulso nos ha entregado para ello la suma de nueve mil libras, con la condición de que, en el caso de 687

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que no pluguiera a Dios que esta pequeña Compañía de hijas de la Caridad subsistiese en el estado y en los ejercicios que actualmente practican, esta suma cedería en beneficio de nuestra congregación de la Misión.

Hemos aceptado esta cantidad con la intención de emplearla en el fin indicado.

Pero no habiéndolo podido hacer todavía, por no haber encontrado ocasión oportuna para ello, y temiendo que nos sorprenda la muerte sin haber cumplido previamente con esta obligación e incluso sin haber asegurado esta cantidad en provecho de las hijas de la Caridad, con los fines y condiciones mencionados, hemos creído lo más conveniente depositar esta suma en manos de alguna persona piadosa y caritativa que pueda cumplir mejor que nosotros los fines mencionados.

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Y , creyendo que no podríamos encomendar esta obra de misericordia a una persona del mundo que pueda realizarla mejor que la distinguida señora duquesa de Aiguillon, por estar particularmente relacionada y querer mucho a estas hijas; por estas razones y otras que nos mueven para ello, en virtud del poder que nos han dado dichas cofradias, hemos resuelto y decidido suplicar humildemente a dicha señora, por el amor de Nuestro Señor Jesucristo, padre de los pobres, que acepte este caritativo encargo.

La hemos entregado la citada cantidad de nueve mil libras, para que sea utilizada según los fines y condiciones mencionados.

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Y aunque nadie nos haya obligado a pagar los intereses de esa cantidad durante los cuatro años que hace que la recibimos, sin embargo, considerando que ese dinero está propiamente destinado a los pobres y no deseando de ningún modo aprovecharnos de lo que les pertenece, hemos pagado a dichas hijas de la Caridad esos intereses el último día 18 de agosto, entregándoles para ello la cantidad de dos mil libras por esos cuatro años, parte en dinero contante, parte dispensándoles del alquiler de nuestra casa, que ellas han recibido de nosotros, tal como aparece por el recibo que nos ha entregado la señorita Le Gras, en nombre y como encargada de dichas hermanas.

Y para mejor autorizar y dejar en firme lo anterior y poner remedio a todo lo que pudiera impedir su efecto, hemos resuelto y decidido igualmente que se hagan tres ejemplares de este acta, firmados y sellados como éste, uno de los cuales quedará en manos de la 688

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señora duquesa de Aiguillon, otro en manos de la señorita Le Gras y otro en las nuestras l Además de todo esto, hemos recomendado cuidadosamente, y mediante este escrito recomendamos a todos nuestros misioneros presentes y venideros que hagan lo posible por ejecutar enteramente la voluntad de dicha persona, que no ha querido ser nombrada, contribuyendo al mismo tiempo con todos sus esfuerzos al robustecimiento y manutención de esa Compañía de hermanas, en la forma y medida que plazca al señor arzobispo y a cada uno de nuestros señores prelados en las diócesis en que estén actualmente establecidas o se establezcan en adelante.

En fe de lo cual firmamos con nuestra propia mano la presente acta y la mandamos confirmar por nuestro secretario ordinario, sellándola con el sello de nuestra congregación.

En nuestra casa de San Lázaro de Paris, el día 25 de agosto del año 1644 V ICENTE DEPAUL, A.

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PORTAIL 220 [145,XIII,551-556] REGLAMENTO DE LAS HIJAS DE LA CARIDAD [1645] La cofradía de jóvenes y viudas sirvientas de los pobres de la Caridad será instituida para honrar la caridad de Nuestro Señor, patrono de la misma, con los pobres enfermos de los lugares en donde estén establecidas o adonde se las envíe sirviéndoles según las normas que les den las damas oficialas de la Caridad de las parroquias en que estén, corporal y espiritualmente: corporalmente, preparándoles y llevándoles la comida y las medicinas; y espiritualmente, procurando que los moribundos salgan de este mundo en buen estado y que los que sanen hagan el propósito de vivir mejor en adelante. ________ 1.

El arzobispo de Chicago posee uno de estos documentos.

Documento 220.

Recueil de pièces concernant la communauté des Filles de la Charité, 4 s.

Este reglamento iba acompañando a la carta 810 t.

II 467. 689

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Dicha cofradía estará compuesta de viudas y de jóvenes, que elegirán a cuatro de entre ellas, por mayoría de votos, cada tres años, para que sean sus oficialas, la primera de las cuales será la superiora o directora y podrá continuar en el cargo.

Esta elección, que se hará cada tres años, será presidida por un eclesiástico, delegado por el señor obispo de París para la dirección de dichas jóvenes y viudas.

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La superiora llevará la total dirección de esta cofradía junto con el mencionado eclesiástico; será como el alma que anima al cuerpo, hará observar el presente reglamento, recibirá en la cofradía a las que juzgue idóneas y las dirigirá en todo lo que se refiere a sus empleos, pero especialmente en la práctica de las virtudes cristianas y propias para su salvación, instruyéndolas más con su ejemplo que con sus palabras; las enviará, las retirará, las retendrá y empleará en todo lo que se refiere al fin de dicha cofradía, no solamente en la parroquia en donde esté establecida dicha cofradía, sino también en todos los lugares adonde crea conveniente enviarlas, todo ello con el consejo de dicho eclesiástico y con la bendición de los señores párrocos.

La segunda oficiala será asistenta de la superiora y la representará en su ausencia; las demás le obedecerán como a la misma superiora, cuando ésta esté ausente.

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La tercera hará de tesorera, llevará las cuentas y guardará el dinero en un cofre con dos cerraduras distintas, de las que la superiora tendrá la llave de una y ella la de otra, aunque podrá tener a mano la suma de cien libras para atender a los gastos ordinarios.

La cuarta se encargará de los gastos y de las necesidades comunes de la Compañía.

Estas oficialas darán cuentas de los ingresos y de los gastos todos los años en manos de la superiora y del mencionado eclesiástico.

Estas tres harán de consejeras de la superiora.

Tanto las viudas como las jóvenes de dicha cofradia estarán sometidas y obedecerán a dicha superiora y a todas las que hayan sido delegadas por ella, pensando que obedecen a Dios en sus personas y ejecutando voluntaria y puntualmente las órdenes que les dé la superiora, tanto en las parroquias en las 690

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que hayan sido puestas como en cualquier lugar adonde hayan sido enviadas.

También rendirán obediencia, en lo que se refiere a su dirección, al eclesiástico que haya sido designado para el gobierno de dicha cofradía.

Las que deseen ser recibidas en dicha cofradía se presentarán a la superiora; ésta, después de haber probado su vocación y haber tratado con el director, las recibirá y dirigirá en sus funciones durante algún tiempo; luego, cuando las juzgue capaces, las empleará en los santos ejercicios que hemos dicho.

He aquí el empleo de la jornada para las que permanezcan en la casa: Se levantarán a las cuatro y, después de vestirse y de hacer la cama, tendrán media hora de oración todas juntas, después de la cual unas irán a oír la misa en sus parroquias y las otras se ocuparán en los ejercicios a que están destinadas, tal como se ha dicho anteriormente; luego irán a misa, después de que hayan vuelto las primeras.

A las once y media harán el examen particular sobre la virtud que se hayan propuesto adquirir; a continuación comerán todas juntas, con lectura en la mesa.

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Tendrán luego una hora de recreo de una forma modestamente alegre, trabajando juntas, unas en coser e hilar, otras en otras faenas, hasta las dos.

Desde las dos hasta las tres guardarán silencio las que estén trabajando juntas; entretanto, una de ellas leerá en voz alta algún libro espiritual.

A las seis harán un segundo examen de la misma virtud; luego tomarán la cena y tendrán la recreación trabajando juntas, como antes; a las ocho, tendrán el examen general y la lectura de la oración que habrán de hacer el día siguiente, después de lo cual se pedirán perdón unas a otras, cuando crean que han dado algún motivo de mortificación a las demás; y luego irán a acostarse.

Las que están en las parroquias, tanto de las aldeas como de la ciudad, observarán las mismas cosas y a las mismas horas, si sus ocupaciones se lo permiten; tanto unas como otras se confesarán y comulgarán todos los domingos y días de fiesta en la parroquia, y harán todos los años un pequeño 691

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retiro y una confesión anual en la casa en donde reside la superiora.

Vestirán todas de la misma manera, como aldeanas.

Cuando sean enviadas a alguna parroquia, irán a recibir la bendición de los señores párrocos, recibiéndola de rodillas, y mientras estén en sus parroquias, les rendirán toda clase de honor y sumisión.

También rendirán obediencia a las damas oficialas de la Caridad y a los señores médicos en todo lo referente a las necesidades de los pobres enfermos.

Pondrán especial cuidado en servir a los pobres enfermos y harán todo lo posible por ajustarse al horario indicado, especialmente a las horas de levantarse y acostarse las oraciones los exámenes tanto generales como particulares, las lecturas espirituales, las confesiones y comuniones y el silencio, sobre todo antes de la oración de la mañana y después de las preces de la noche.

También tendrán mucho cuidado de guardar la uniformidad, en todo lo que puedan, en la forma de vivir, de vestir, de caminar, de hablar, de servir a los pobres, y especialmente en lo que se refiere al tocado y vestido, como se ha dicho.

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Si ahorran algún dinero, lo pondrán en la bolsa común que les servirá para poder adquirir hábitos y para otras necesidades, cuando llegue la hora.

Y para mejor honrar a Nuestro Señor, su patrono, tendrán en todas sus acciones la recta intención de agradarle siempre y procurarán conformar su vida a la suya, particularmente en su pobreza, su humildad, su mansedumbre, su sencillez y sobriedad.

Y para remediar muchos de los inconvenientes que podrían surgir, no recibirán nada de nadie, ni darán nada a nadie, sin dar aviso a dicha superiora.

No harán ninguna visita, a no ser la de los enfermos, ni permitirán que nadie las visite en sus casas, especialmente los hombres, sin el permiso de la superiora.

Cuando vayan por la calle, caminarán modestamente y con la vista baja, sin detenerse a hablar con nadie, especialmente con las personas de otro sexo, a no ser en caso de gran 692

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necesidad; incluso entonces tendrán que ser breves y terminar cuanto antes.

No saldrán de casa sin permiso de la superiora o de otra hermana a la que se haya designado para ello; al regresar, se presentarán a ella y le darán cuenta de su viaje.

No enviarán ninguna carta, ni abrirán las que se les escriba, sin permiso de la misma superiora.

No se entretendrán hablando a la puerta con las personas externas, ni tampoco dentro de casa, sin dicho permiso.

Procurarán ir al menos una vez al mes a casa de dicha superiora para tratar con ella de todas sus ocupaciones; se dirigirán allá siempre que se les mande, después de haber dejado atendidas las enfermedades de los enfermos.

Recordarán que se llaman hijas de la Caridad, esto es, hijas que tienen la profesión de amar a Dios y al prójimo; y por consiguiente, que además del amor soberano que han de tener a Dios, tienen que distinguirse en el amor al prójimo, y especialmente a sus compañeras.

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Según esto, evitarán toda frialdad y antipatía entre ellas, así como también las amistades particulares y el apego a alguna de ellas, ya que estos dos extremos viciosos son la fuente de división y de ruina de una Compañía, sobre todo cuando se nota por fuera.

Además, se acordarán de que llevan el nombre de sirvientes de los pobres que, según el mundo, es uno de los oficios más bajos, a fin de mantenerse siempre en la baja estima de sí mismas, rechazando con prontitud el más pequeño sentimiento de vanagloria que pase por su espíritu, por haber oído hablar bien de lo que hacen, convencidas que es a Dios a quien se le debe todo honor, ya que sólo él es el autor de todo bien.

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Y como sus ocupaciones son de ordinario muy penosas, y los pobres a los que sirven son algo difíciles de tratar, hasta el punto de que a veces tienen que recibir reproches de ellos a pesar de que hacen todo lo que pueden por atenderles mejor, procurarán con todas sus fuerzas tener una buena provisión de paciencia y pedirle todos los días a Nuestro Señor que les dé abundancia de virtud y les haga participar de la paciencia que él practicó con quienes le calumniaban, abofeteaban, flagelaban y crucificaban. 693

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Serán muy fieles y cumplidoras en la observancia del presente reglamento y también de las loables costumbres y la forma de vivir que han guardado hasta el presente, sobre todo de las que se refieren a su propia perfección.

Se acordarán sin embargo que siempre hay que preferir a sus prácticas de devoción el servicio a los pobres y las demás ocupaciones, siempre que la necesidad o la obediencia las llame a ellas; pensarán que, al obrar de este modo, dejan a Dios por Dios. 221.

AVISOS A LAS HIJAS DE LA CARIDAD DE ANGERS [1-15 junio 1646] 1.

Se apercibirán a menudo de que Dios las ha llamado y reunido para que honren a Nuestro Señor Jesucristo en la persona de los pobres por el servicio corporal y espiritual que les presten, y de que el verdadero medio de satisfacer esta obligación, y así obrar la propia salvación, es la observancia de las Reglas. 2.

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Cada vez que se lean esas Reglas cuiden no sólo de escucharlas bien, sino también de entenderlas, considerando a un tiempo las faltas que contra ellas hayan cometido y los medios de corregirse; además, los primeros domingos de mes, después que las hayan leído, las pondrán por tema de su meditación. 3.

En todas sus acciones, particularmente cuando hayan de servir a los enfermos, esfuércense por tener una pura intención de servir a Dios, sin ansia de propia satisfacción o estima del mundo. ________ Documento 221.

Los consejos y doctrina aquí consignados son ya conocidos por textos paralelos y afines, pero conservan su valor, aunque en ciertos puntos y aplicaciones la disciplina se haya modificado.

En la edición autógrafa de las Lettres de Louise de Marillac , t.

III, 261-273, tenemos la relación de la fundación de Nantes, para la que Luisa ha de atravesar Angers, de ida (viernes 3-lunes 6 de agosto) y de vuelta (7-8 de septiembre, 1646).

No visitaba a las Hermanas desde su instalación en el hospital de San Juan (1-25 de febrero 1640).

Annales C.M. 124 (1959) 189-192. 694

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4.

No tendrán apego alguno a lugares, oficios ni personas, aunque sean parientes, o al confesor, sino que estarán prestas a dejarlo todo de buen grado cuando se les ordene. 5.

Harán cuanto esté en su mano para vivir en mucha unión con sus Hermanas; no murmurarán de ellas ni se quejarán o enojarán; se sufrirán las imperfecciones, cuidando de alejar todo pensamiento de aversión, lo mismo que las inclinaciones particulares. 6.

Si una tiene la debilidad de contristar a otra, le pedirá perdón en el acto si cómodamente puede, y la otra aceptará de grado esta humillación, poniéndose ambas de rodillas. 7.

Obrarán de suerte que la dulzura y la cordialidad aparezcan siempre en sus palabras y semblante, no sólo en sus mutuas relaciones, sino para con la gente, pero cuidando de no faltar al respeto que se deben, sobre todo en relación con la Hermana Sirviente. 8.

Que se guarden de toda protesta y todas prefieran el consejo de su Hermana al suyo propio donde no haya pecado. 9.

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Guárdense mucho de manifestar sus tentaciones, contrariedades y demás penas interiores a sus Hermanas, y menos aún a personas extrañas; sólo a la Hermana Sirviente y al director, lo que harán cuanto antes, procurando abrirles el corazón con confianza, para que se habitúen a la cual, que acudan una vez al mes a la Hermana Sirviente y hagan su comunicación. 10.

Advertirán pronta y exactamente a la Hermana Sirviente los defectos de alguna consecuencia que haya observado en sus Hermanas, y se alegrarán de que sus propias faltas sean igualmente advertidas, para poner a éstas remedio inmediato. 11.

Si observan algún desorden en el hospital, ya entre los enfermos, ya entre los domésticos u otros, se lo advertirán también a la Hermana Sirviente, para que ella avise caritativamente a los señores administradores. 12.

Y para que la Hermana Sirviente no esté en peor condición que las demás Hermanas, cuando una Hermana advierta en ella algún defecto considerable y de importancia, se lo hará saber por caridad y humildemente no por sí misma, sino por mediación de la Asistenta, a la que buenamente dirá 695

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todo en presencia de Dios, guardándose mucho de moverse por pasión. 13.

No escribirán, harán escribir ni enviarán carta alguna sin el permiso de la Hermana Sirviente; no abrirán las cartas que reciban sin ese mismo permiso.

Mas si quieren escribir al General de la Misión o a la Superiora de la casa de París, lo harán sin que la Hermana Sirviente lea la carta; dicha Hermana Sirviente tampoco abrirá las cartas que el General y Superiora dichos dirijan a las Hermanas. 14.

Que guarden siempre la santa modestia, particularmente en las salas y en presencia de extraños; eviten sobre todo las ligerezas, y en especial, que no se toquen, ni en broma, ni en señal de amistad, sino sólo cuando lo pide la caridad, como cuando se abraza cordialmente a las recién venidas, a las que regresan del campo, a las que no se han visto largo tiempo, y casos similares, y entonces que se besen en la mejilla, no en la boca. 15.

Guarden el silencio con más cuidado que hasta ahora, particularmente por la mañana antes de la oración, y por la noche después de las oraciones y durante la hora destinada a honrar la muerte de Nuestro Señor.

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Si hay que decir algo, que sea en voz baja y en pocas palabras. 16.

Obren de suerte que sus recreos estén sazonados por igual de modestia y alegría; mezclen las conversaciones piadosas y edificantes con las indiferentes e inocentes; rehuyan para ello el tratamiento de asuntos del mundo, noticias del tiempo, conducta de los superiores y superioras, faltas ajenas, o aun imperfecciones y rudezas que las Hermanas pudieran cometer, exponiéndose al ridículo, aun cuando no deban echarlo a mala parte. 17.

Serán ante todo muy puntuales en obedecer a la Hermana Sirviente, sometiendo a ella, no sólo la voluntad, sino también el juicio; nada harán ni omitirán, en cuanto sea posible, sin su permiso, particularmente en punto a penitencias corporales, confesión, comunión y ciertas prácticas extraordinarias de devoción.

Otro tanto harán con su director en lo espiritual y con los administradores del hospital en lo material, todo de acuerdo con sus Reglas. 696

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18.

Obedecerán a sor Asistenta y acudirán a ella para los permisos y necesidades, cuando la Hermana Sirviente esté enferma o ausente. 19.

Se esforzarán sobre todo en hacer buenas confesiones; no irán a ellas por costumbre, escrúpulo o apego; para obviar estos inconvenientes, se esforzarán por ajustarse a la práctica y método usuales en la Compañía, a saber, que en las confesiones ordinarias se acusen sólo tres de los defectos más importantes o que causan mayor confusión y que más se lamentan o desean enmendar.

Si precisa decir más, que pidan permiso al confesor y concluyan siempre acusándose de una falta pasada, ya declarada, pero variando en lo posible, para evitar la monotonía. 21.

Recuerden la recomendación que a menudo se les hace de no detenerse sin permiso con extraños, ni tampoco con los enfermos ni, particularmente, con los servidores domésticos.

Pero si una buena persona les pide algo, cuiden de responder con respeto y cordialidad, y en breves palabras mostrarán la conveniencia de dirigirse a la Hermana Sirviente.

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Si es necesario pronunciar una palabra de consuelo o instrucción a mujeres muy enfermas, lo harán en la presencia de Dios. 22.

Se esforzarán mucho en soportar los propios defectos, guardándose mucho del desánimo por aquellos en que incurran; se humillarán y resolverán de nuevo corregirse, con la confianza de que Dios les concederá esa gracia. 23.

Leerán o escucharán todos los meses estos avisos y meditarán a continuación sobre ellos, como se dice de las Reglas; pero sobre todo los pondrán en práctica con ahínco.

Avisos dados por mí en la visita de Angers de parte del señor Vicente, año 1646.

P ORTAIL 697

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VINCENTIUS es una herramienta de consulta. Para trabajos académicos recomendamos verificar siempre la referencia en la edición original indicada.

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