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25 DE ABRIL DE 1659

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260 [182,XIII,751] CONSEJO DEL 25 DE ABRIL DE 1659 La señorita Le Gras propuso a nuestro venerado Padre el caso de una hermana que había dejado la compañía, pero que solicitaba con insistencia entrar de nuevo.

Después de que su caridad se enteró del motivo de su salida y de su manera de ser, que era bastante ruda e indiferente, al parecer, a la práctica del bien, e incluso ante la represión de sus faltas, dijo lo siguiente: — Hermanas mías, una de las cosas que tenéis que observar y tener como máxima en la compañía es que se note la mansedumbre y la humildad en las jóvenes que recibís; incluso debería tratarse de algo natural en ellas; pues se trata de una gracia, aunque en la naturaleza; y debéis considerar estas cualidades como disposiciones necesarias para ser hijas de la Caridad, que deben ser tan humildes que no haya lugar demasiado bajo para ellas, puesto que, como no hay ninguna otra compañía que sea tan solicitada como la vuestra, tampoco debe haber otra clase de personas que estén más obligadas que las hijas de la Caridad a practicar la virtud.

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El señor arzobispo de Narbona 1 está urgiendo mucho para que le enviemos algunas.

Señorita, ahora que lo han hecho arzobispo, no le dará tregua; pues como ya las había pedido para Agde 2, pretenderá que se le prefiera a él antes que a los demás.

Laus Deo! 261 [183,XIII,752-757] CONSEJO DEL 31 DE JULIO DE 1659 El día 31 de julio de 1659 se trató en la reunión del consejo de la recepción de dos jóvenes de Serqueux, una de unos 30 años de edad y la otra de 16 y unos meses.

La señorita Le Gras expuso al Padre Vicente las cualidades de ambas, y luego las mandó venir para que su caridad las ________ Documento 260.

Archivo de las Hijas de la Caridad.

Original de sor Maturina Guérin. l.

Francisco Fouquet. 2.

Texto del original: Arles.

Documento 261.

Archivo de las Hijas de la Caridad.

Original de sor Maturina Guérin. 866

Tomo X · p. 751

viese, La primera estaba bastante débil desde que, cuando tenía doce o trece años, tuvo un derrame en la pierna, que le impedía ponerse de rodillas, a no ser sólo con una pierna.

Su padre había propuesto primero que se la recibiera en el pueblo con nuestras hermanas para llevar la escuela, prometiendo entregar cien libras de renta anuales mientras viviera.

Para la más joven parecía que no había ninguna dificultad; era de padres acomodados y bastante fuerte para la edad que tenía.

El Padre Vicente redujo esto a dos cuestiones, a saber, si se recibiría a la joven enferma en la compañía, y si se la recibiría en calidad de pensionista.

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Habiendo pedido el parecer de las hermanas, éstas le dijeron que no tenía vocación para la compañía, por causa de su enfermedad; que tendría muchas veces necesidad de otra hermana que la atendiese y que todo lo que podría hacer era llevar la escuela, dado que sabia leer y escribir; que si nuestro venerado Padre creía conveniente que se la recibiese como pensionista, sería hacer un acto de caridad, pero que era de temer que, al estar siempre con nuestras hermanas, el carácter de alguna le molestase y le obligase a ir comentando por fuera las pequeñas diferencias que pudieran surgir; lo cual sería un mal ejemplo.

La señorita dijo que la joven pertenecía a una de las principales familias de Serqueux, que apreciaba mucho a nuestras hermanas.

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Y como ellas necesitaban en aquel lugar a alguien que las sostuviera, parecía que se debería tener esto en consideración; que la joven era muy buena persona y de muy buen carácter; que seria una gran caridad poder hacer algo por ella, puesto que solamente tenía a su padre, que estaba a punto de deshacer su casa, y que podría ser recibida como pensionista y valdría para llevar la escuela e instruir a los niños; pero que ya había en aquel lugar una tercera hermana muy enferma.

El parecer del Padre Portail fue que se la podría dejar durante un año con nuestras hermanas para probar, y que después de aquel tiempo se volviera a plantear la cuestión.

El del Padre Vicente fue que él no veía que aquella joven fuera idónea para la compañía; que, como Dios le había enviado el mal que sufría, había motivos para creer que no la llamaba a la condición de las hijas de la Caridad, puesto que carecía de las cualidades necesarias, y que probablemente 867

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conseguiría su salvación en casa de sus parientes, al ser tan piadosa como era; que, en cuanto a lo que se proponía de recibirla como pensionista, se sabía la dificultad que siempre había puesto la compañía de cargarse con pensionistas; que él creía que debía mantenerse esta costumbre y que, si llegaban a encargarse de ella, ella sola daría quehacer a una hermana que tendría que atenderla, y que era de temer que, al verse siempre así, quisiera presumir de antigua e imponer su ley a las demás que se fueran enviando allá, creando la discordia entre ellas y haciendo que fuera difícil enviar hermanas a aquel lugar.

Por todos estos inconvenientes, su caridad decidió que no se la admitiese.

Habiéndose informado el Padre Vicente de la más joven, todos fueron de la opinión que no había inconveniente en probar con ella.

Pero la señorita preguntó si, en caso de que quisiera quedarse, tenía que pedirles a sus padres más de lo que se da de ordinario para el primer hábito, ya que eran personas muy ricas y, hasta ahora, nunca se le había asignado nadie que diera más que para el primer hábito.

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El Padre Vicente, antes de decidir lo que había que hacer, quiso conocer la opinión de la compañía y preguntó en primer lugar si era conveniente desear que entrasen personas ricas en la compañía; en segundo lugar, si entraba alguna de ellas, si había que desear que trajesen sus bienes, alegando que las religiosas llevaban su dote a su casa religiosa.

Tercero, que, puesto que aquellos bienes eran suyos, si era justo que gozasen de ellos, y que no había ninguna casa, no solamente de órdenes religiosas, sino incluso de comunidades, que recibiesen a nadie sin dinero, y que esto se observaba incluso en las de hombres.

Todos los preguntados estuvieron de acuerdo en que no había que desear que entrasen personas ricas en la compañía y que los consejos de nuestro venerado Padre siempre nos habían enseñado eso mismo.

La señorita dijo que hasta ahora ésa había sido la práctica de la compañía, y que todavía no le había faltado nunca la Providencia; que estaba segura de que, mientras la compañía siguiera obrando de ese modo, Dios la bendeciría.

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Una de las hermanas, habiendo pedido permiso para hablar, dijo que el favor que se les hacía a las jóvenes admitiéndo868

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las sin tener que pagar nada, era muy alabado por la gente y que se lo había dicho hacía poco una persona distinguida.

El Padre Portail fue de la misma opinión, alegando como confirmación las palabras de Nuestro Señor: «Buscad primero el reino de Dios, etc.».

Pero nuestro venerado Padre, emocionándose interiormente, demostró que tenía un gran consuelo al ver que toda la compañía era de la misma opinión, esto es, que había que preferir la pobreza a las riquezas, los pobres a los ricos y la providencia divina a la prudencia humana, diciendo que, como fue eso precisamente lo que vino a hacer Jesucristo, era menester que quienes lo imitasen estuviesen animados de su espíritu y que había que pedir a Dios que todos los que estaban en la compañía y que fuesen designados para gobernarla en adelante, apreciasen mucho esta santa práctica.

Que si se actuaba de otra manera, era muy de temer que le sucediera lo que en cierta ocasión entendió san Francisco que sucedería a su orden.

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El diablo le dijo: «Francisco, tú estás satisfecho; pero llegará el día en que yo echaré por tierra a tu orden, pondré en ella hombres ricos y sabios entre tus religiosos, y por este medio la arrulnaré».

Este fue el ejemplo que nos refirió nuestro venerado Padre, para hacernos ver cómo nuestra compañía debería temer que entrasen en ella personas ricas, añadiendo que los que han traído sus bienes parece como si tuvieran que ser siempre preferidos a los demás; que esto se veía continuamente entre las religiosas; que se decía: «Hay que tolerarla un poco; nos ha traído mucho».

Y que esto es un impedimento para la uniformidad que debe existir entre nosotras.

Dijo también que, en todos los sitios en que hay personas ricas, quieren qué todas las cosas se hagan con cierta nobleza y que nunca falte nada.

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Su caridad alabó mucho el buen gobierno de la señorita Le Gras, diciendo que no conocía ninguna casa religiosa femenina de París que estuviese en la situación en que se veía la compañía, pues, por la gracia de Dios y la vigilancia de aquella que la gobernaba, no se debía nada o muy poco, aunque hacía poco que se había hecho construir una casa. 869

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Pero la señorita, no pudiendo soportar las alabanzas que se le tributaban, le devolvió toda la gloria a Dios, diciendo que se sentía con la obligación de decir que ella no había contribuido a esa situación en lo más mínimo y que no sabía cómo fue que se encontraron los medios para poder llevar a cabo la construcción, puesto que se había empezado sin contar con fondos suficientes, pero que la divina providencia había ido solucionando los gastos de tal manera que casi no podía decirse cómo había sido.

El Padre Vicente alabó también en esta ocasión la caridad de las hermanas que proporcionan un suplemento de dinero, ahorrando todo lo que pueden para tener con qué ayudar al sustento de las hermanas que viven en la casa, diciendo que, después de Dios y de la buena administración de la señorita Le Gras, eran ellas las que más contribuían, tal como podía verse por las cuentas, al mantenimiento de la compañía, y que él creía que Dios veía esta conducta con agrado, pues era un medio por el que se santificaban y atraían la bendición de Dios sobre ellas y sobre la compañía.

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Y deseando conculcar cada vez más el amor a la pobreza y ese abandono en manos de la Providencia en el que la compañía siempre se había mantenido desde sus comienzos, su caridad nos dijo que cierta persona distinguida, al felicitarle por las bendiciones que Dios derramaba sobre la compañía de la Misión, atribuía esto en parte al hecho de que no entraban muchas personas ricas en su congregación; que, efectivamente, a él no le constaba que hubiera habido ninguna que hubiera traído dinero, a no ser dos o tres, entre los que estaba cierto hermano, que nombró expresamente, y que había traído cuatro o cinco pistolas.

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Después de todo lo dicho, la señorita expuso al Padre Vicente lo que le había dicho una hermana de la compañía, que trabajaba en las aldeas, a propósito de su hermana compañera, a la cual debería haber enviado acá después de su regreso de un pequeño viaje que había tenido que hacer hacía ya unos cuatro o cinco meses, sin que durante todo este tiempo ella hubiera escrito nada de por qué no la enviaba; que hacía alrededor de un mes o tres semanas que había mandado decir a la señorita Le Gras que la dama que las mantenía había estado 870

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en aquel sitio y que le había rogado que no cambiase a dicha hermana compañera, mientras ella estuviera allí.

El Padre Vicente redujo el problema a dos cuestiones, a saber, si la hermana sirviente había hecho bien en retrasar el envío de la hermana compañera, por atender a los deseos de aquella dama; y en segundo lugar, si sería conveniente proceder de la misma manera en semejantes ocasiones, alegando como razón que parece ser que la prudencia tiene que obligar a hacerlo así en esa ocasión, puesto que la dama que les hizo ir allá y que quizás sea la fundadora, debe tener cierta preferencia por encima de todas las demás, dado que los fundadores habían tenido siempre privilegios, que la misma iglesia les había concedido.

Después de haber recogido las opiniones de todos los asistentes, todos estuvieron de acuerdo en que la hermana sirviente había faltado al no haber hecho partir a su compañera, tal como se le había ordenado que hiciera inmediatamente después de su regreso,.aunque creían que podría excusársele hasta cierto punto por la manera de ser de su hermana.

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Nuestro venerado Padre dijo también que había obrado mal; que aunque ella hubiera observado cierta repugnancia en su compañera, debería haberla hecho capaz de obedecer a lo que se le mandaba y, en el caso de que no quisiera hacerlo así, haber pasado aviso a la señorita Le Gras, y que una hermana de la Caridad no debe nunca retrasarse lo más mínimo en hacer partir a su hermana inmediatamente después de haber recibido esa orden de sus superiores. 262 [184,XIII,758-760] CONSEJO DEL 27 DE NOVIEMBRE DE 1659 En la reunión de consejo celebrado el día 27 de noviembre de 1659 con asistencia de las hermanas antiguas se trató de si había que recibir en la compañía a una joven que nos habían enviado, para que fuera instruida, ciertas personas que no la conocían muy bien.

Ella demostraba tener deseos de permane________ Documento 262.

Archivo de las Hijas de la Caridad.

Original de sor Bárbara Bailly. 871

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cer entre nosotras, o bien, en caso de no ser admitida, ponerse a servir.

Nuestro venerado Padre decidió que la pusieran a servir puesto que había demasiados inconvenientes en recibir en la compañía a unas jóvenes de las que no se conocen las costumbres.

También se trató de si se recibiría a una joven que se había presentado.

Después de haber pedido el parecer de las personas reunidas, el Padre Vicente dijo: — Señorita, haga usted como mejor le parezca, puesto que parece que vale.

Otra cosa que se propuso fue si sería conveniente que unas hermanas que estaban en una pequeña parroquia de París, y que no tenían muchos enfermos, de forma que podían disponer de algún tiempo libre, podrían dedicarse al lavado de la ropa de la sacristía observado que esto motivaba demasiadas familiaridades con los sacerdotes y con sus criados.

Y por eso los superiores habían creído conveniente suprimir aquella costumbre.

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Nuestro venerado Padre, al presentar la cuestión de la forma como había que proceder, empezó presentando las razones en contra: — La primera razón, hermanas mías, para no permitirles el lavado de la ropa de iglesia es que esto fomenta el trato excesivo con los sacerdotes o con sus criados, si los tienen.

Otra razón es que, de ordinario, con las personas encargadas del lavado de las casas nobles suceden graves inconvenientes, a no ser que sean personas muy temerosas de Dios.

Hay que tratar con mayordomos.

Y eso no está bien.

Pero en contra de esto está que lo que nuestras hermanas lavan es la ropa de iglesia, que tiene que servir para Dios; por eso parece ser que deberían dedicarse a ello nuestras hermanas, por estar consagradas a Dios.

Otra razón es que en esa pequeña parroquia, en donde no tienen mucho que hacer, parece que deberían hacerlo.

Nos queda por ver de qué manera tendrán que portarse ellas en este asunto.

Luego su caridad, dirigiéndose a las hermanas, les preguntó: 872

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— Hermanas, ¿cómo lo hacen ustedes en las aldeas?

— Padre, en muchos sitios nos encargamos nosotras de lavar la ropa de iglesia.

— ¿Y van los sacerdotes a casa de las hermanas?

¿Me lo podrían ustedes decir?

— Padre, desde que su caridad recomendó tanto eso, me parece que no van.

Otra hermana dijo: Padre, en tal sitio nos encargamos nosotras de lavar la ropa de iglesia y los roquetes y alzacuellos de los sacerdotes, con permiso de la señorita, porque eran pobres; pero no venían ellos por nuestra casa; se lo llevábamos por la mañana a la iglesia o se lo mandábamos con las alumnas.

— Eso está bien, hija mía.

Veamos si se puede hacer lo mismo en esa parroquia.

Y pidiendo el parecer de todas las personas presentes, se mostraron todos de acuerdo en que podría hacerse así.

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Finalmente, nuestro venerado Padre decidió que las hermanas de aquella parroquia y de todos los lugares en donde se les permitiese lavar la ropa de iglesia lo harían de la siguiente manera: a saber, no recibir la ropa de los sacerdotes, sino solamente los corporales y los purificadores 1, y que se recibiese la sucia a la puerta de la sacristía, sin entrar dentro, y devolverla limpia de la misma manera a la mañana siguiente, al ir a misa, entregándola al sacristán a la puerta de la sacristía. ________ 1.

Primera redacción: «lo que sirve para la iglesia». 873

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263 REGLAS COMUNES PARA LAS HIJAS DE LA CARIDAD, SIRVIENTES DE LOS POBRES ENFERMOS CAPÍTULO I De Fin, y virtudes fundamentales de su Instituto El fin principal a que Dios llamó, y reunió a las Hijas de la Caridad es para honrar, y venerar a Nuestro Señor JesuChristo como el manantial, y modelo de toda caridad, sirviéndole corporal, y espiritualmente en la persona de los pobres enfermos, Niños, encarcelados, y otros que por rubor no se atreven a manifestar sus necesidades.

Por tanto para corresponder las Hermanas dignamente a tan santa vocación e imitar un modelo tan perfecto, procurarán vivir santamente, y trabajar con gran cuidado en adquirir su propia perfección, reuniendo los interiores exercicios de la vida espiritual a los exteriores empleos de la caridad Christiana hácia los Pobres, segun estas reglas que practicarán fielmente como medios necesarios para conseguir el fin. 2.

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Considerarán las Hermanas, que aunque no vivan en Religion por no ser compatible tal estado con los empleos de su vocación con todo hallandose mas expuestas en el mundo que las Religiosas, y no teniendo ordinariamente por monasterios sino las casas de los enfermos, por celdas quartos de alquiler, por Capillas las Parroquias, por claustros las calles de la Ciudad, ó las salas de los hospitales, por clausura la obediencia, por rejas el temor de Dios, y por velo la santa modestia, deben en fuerza de esta consideracion llebar una vida tan virtuosa como si estuvieran profesas en Religión, y portarse en todas partes y en la frequencia del Mundo con tal recogimiento, pureza de corazon, y cuerpo, abnegacion de las criaturas, y edificacion del proximo, como las verdaderas Religiosas en los retiros de sus Monasterios. ________ Documento 263.

La traducción castellana es la hecha en Barbastro en 1815. 874

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3.

La primera cosa que observarán las Hermanas inviolablemente, será el apreciar mas la salvacion de sus almas que todas las cosas de la tierra, y procurar por todos los medios el mantenerse siempre en estado de gracia, huyendo del pecado mortal mas que del Demonio y de la muerte, y valiendose de todos los medios posibles con el auxilio de Dios para no cometer pecados veniales con proposito deliberado, y para conseguir del Señor las gracias necesarias a este efecto y recivir las recompensas que promete a los que se emplean en el servicio de los Pobres.

Amas deben aplicarse con el mayor conato para adquirir las virtudes Christianas, y en particular aquellas que les son encargadas por las reglas siguientes. 4.

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Practicarán todos sus exercicios espirituales, y corporales con espíritu de humildad, de sencillez, y de caridad, y en union de los que Nuestro Señor Jesu-Christo hizo en la tierra, dirigiendo a este su intencion desde la mañana, y al principio de cada accion principal, y en particular quando van a servir a los enfermos; y sabrán que estas tres virtudes son como las tres facultades del Alma que deben animar a todo el cuerpo de la Comunidad en general, y a cada miembro en particular: en una palabra, este será el espíritu propio de su confraternidad. 5.

Las Hermanas mirarán con horror las maximas del mundo, y abrazarán las de Jesu-Christo, y entre otras las que recomiendan la mortificacion interior, y exterior el desprecio de sí mismo, y de las cosas de la tierra, prefiriendo los empleos bajos, y repugnantes a la naturaleza a los mas honrosos, y agradables, tomando el ultimo puesto, y el despojo de los demas, y persuadiendose que aun así estan mejor tratadas de lo que merecen por sus pecados. 6.

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No tendrán apego a cosa alguna criada, y en particular a los destinos, a los empleos, ó a las Personas, ni a sus mismos Parientes, ni a sus Confesores, y estarán siempre dispuestas a dexarlo todo quando lo mande la obediencia, acordandose de lo que dice el Señor:que no somos dignos de él, sino dejamos nuestro Padre, Madre, Hermanos, y Hermanas, y sino renunciamos a nosotros mismos y a todas las cosas del mundo por seguirle. 875

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7.

Sufrirán con animo alegre, y por el amor de Dios las incomodidades, las contradicciones, las burlas, las calumnias, y todas las mortificaciones que les puedan sobrevenir aun por obrar bien, acordandose que Nuestro Señor, que era la misma inocencia, padeció maiores afrentas por nosotros, rogando por los que le crucificaban; y que todo esto no es sino una pequeña parte de la cruz que quiere que ellas lleben en pos de el en la tierra, para que merezcan hacerle compañía en el Cielo. 8.

Pondrán toda su confianza en la Divina Providencia, entregandose enteramente a ella como la criatura en los brazos de su Ama, persuadiendose que como ellas procuren por su parte la fidelidad a su vocación, y a la observancia de sus reglas, Dios las tendrá bajo su proteccion y las asistirá en quanto fuere necesario, tanto para el cuerpo como para el alma, aún en aquellos casos que les parecerá que todo está perdido.

CAPÍTULO II De la Pobreza 1.

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Honrarán la pobreza de Nuestro Señor contentandose con tener lo necesario para socorrer sus pequeñas necesidades segun la sencillez y el uso ordinario de su Comunidad, considerando que son sirvientes de los pobres, y que deben vivir pobremente, por lo que todo lo pondrán en común, como lo hacían los primeros Christianos, de tal modo que ninguna hermana tendrá dentro ni fuera de la Casa cosa alguna para conservarla o usarla como propia; y no podrán disponer, dar, ni prestar de los bienes de la Comunidad, ni de los suyos, ó de lo que les sobre de su manutención, y mucho menos de los bienes de los Pobres que les estan confiados, ni tampoco tomar prestado, adquirir, ó recivir de otros sin el consentimiento de la Superiora en las cosas menores y ordinarias; y en quanto a las extraordinarias y de valor, se necesita a mas la licencia del Superior. 2.

Harán lo posible para adquirir la santa costumbre tan recomendada por los Santos, y tan observada en las comuni876

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dades bien arregladas, es a saber, de no pedir, ni reusar las cosas de la tierra; pero si tuvieren una verdadera necesidad de alguna cosa podrán proponerla sencillamente, y con indiferencia a las Personas, a quienes toca el providenciarla, y despues permanecer con sosiego, bien sea negada, ó concedida; y para que no se altere esta saludable practica, preguntarán las Oficialas, o Hermanas Sirvientes todas las semanas las necesidades de cada una en particular, suministrandolas lo preciso, y cercenando todo lo superfluo. 3.

Asi como no deben servirse sin licencia de lo destinado al uso de la Comunidad, o de alguna Hermana en particular, tampoco se quejaran de que hayan concedido a otra el uso de alguna cosa que antes les había sido destinada; antes bien deben alegrarse, por tener en esto ocasión de practicar la santa pobreza, y la mortificacion.

Si hubiese razon fundada para dudar que se les quitó alguna cosa sin licencia, no lo dirán en público, ni en particular a otra persona que a la Superiora, o a alguna Oficiala de la Comunidad, ó a la Hermana sirviente.

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Cuidarán de no desperdiciar, ó cambiar sin licencia las cosas que les entregaron para su uso aunque sean viejas, ó no les gusten: y mucho más se abstendrán de malograrlas, ó deshacerlas para inmutarlas en otra configuración a su capricho. 4.

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Tendran grandes escrupulos en el buen manejo del dinero, y demas efectos que están a su cargo pertenecientes a las Hermanas, reflexionando que qualquier desperdicio es contra la virtud de la pobreza que prometieron practicar al tomar el habito, y contra el nombre de sirviente de pobres: y para cortar los abusos que pudieran introducirse en el manejo de sus cosas, y particularmente en el del vestido, como sucedería si cada qual tuviese la libertad de comprar la tela, y el lienzo para su porte, lo que causaria un grande desorden en la Comunidad, y destruiría la santa uniformidad tan importante en todo cuerpo, por tanto todas las Hermanas, que estuviesen destinadas en Aldeas, Lugares, ó Ciudades emplearán el dinero que reciban para su alimento, y manutencion, conforme al sistema pobre, y sencillo que se observa desde la fundacion en la Casa matriz de París; y las que vivan en los Hospitales se conformarán quanto puedan, aún en aquellos en que reciban la racion comun de los Pobres; y tanto las unas como las otras que 877

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reciben el dinero para sus habitos, y ropa blanca, no comprarán cosa alguna sin el conocimiento de la Superiora remitiéndola el precio de su importe, y participandola a lo menos una vez al año por palabra, ó por escrito el dinero que les han dado.

Las Hermanas Sirvientes de los establecimientos distantes, remitirán a la Superiora unas muestras de las telas y lienzos de su residencia, para verificar su conformidad al uso de la Comunidad, cuia determinacion seguiran; y si alguna otra cosa necesitan, no la comprarán sin anticipada licencia suia. 5.

Conservarán quanto puedan la uniformidad en todas las cosas por cimentarse en ella, no solo el espíritu de pobreza sino tambien la union, y el buen regimen de las Comunidades, evitando toda singularidad como causa de las divisiones y de los desordenes; a cuio fin se arreglarán en un todo al comun modo de vivir de la Casa en que reside la Superiora, conformandose a las maximas y costumbres que allí se practican para su conducta, asi Espiritual como temporal, sin introducir otras, aunque aparezcan buenas, ó mejores.

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En quanto a las necesidades del cuerpo se abstendrán en su vestuario, tocas calzado, camas, alimento, y alajas de diferenciarse unas de otras; mas con todo si alguna despues de haberlo meditado ante Dios, juzgan necesitar algo en particular por motivo de su indisposicion, lo propondrá con sencillez, y con indiferencia, a la misma Superiora, la qual de acuerdo con el Superior dispondra lo mas conveniente. 6.

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Observarán la santa pobreza en sus mismas enfermedades, contentandose con la asistencia de los pobres en medicina, alimento, y demas auxilios sin impacientarse, ni censurar el no ser mejor tratadas segun su antojo, considerando sobre todo en esta ocasion, que las Criadas no han de ser mas bien cuidadas que sus Amos, y que es una gran dicha el padecer algo por amor de Dios, que quiere por este medio exercitar su paciencia para aumento de merito; a mas de que ignoran lo que mas las conviene, y mejor lo saben el Medico, y Enfermeras a quienes por consiguiente es justo que ellas confien el cuidado de su salud; por lo que no comeran sino a las horas determinadas, ni en otros parages, que en la Enfermería, ó en el refectorio, y no recibiran, ni haran comprar cosa alguna sin 878

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la licencia de la Superiora, o de la Hermana Sirviente, y las otras Hermanas que las visitaran, no las daran cosa alguna sin la misma licencia.

Si alguna Persona externa quisiera tratarlas con mas delicadeza, y abundancia, se lo agradecerán con mucha humildad, y le rogarán con grande respeto que no les impida la observancia de sus reglas en este punto, aunque estas no les prohiben el recibir algun alivio con el permiso de la Superiora o de la Hermana Sirviente quando tienen de el grande necesidad. 7.

Permaneciendo en la Casa que reside la Superiora se abstendrán de dar de comer, ni de alojar en ella a Personas Forasteras sin su licencia: Las Hermanas que viven en Parroquias, y parajes lejanos de sus Comunidades, guardarán la misma regla con su Hermana Sirviente, la que no lo permitirá sin grave necesidad, y sin licencia particular ó general de la misma Superiora, y solamente con las personas de su sexo; aun quando en ello no hubiese otro mal, que el que resulta de disponer de unos bienes que no las pertenecen y cuio uso está limitado a la sola necesidad de sus Personas.

CAPÍTULO III De la Castidad 1.

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Harán todo lo posible para conservar la perfecta pureza de cuerpo, y corazón; a cuyo fin expelerán con prontitud todo pensamiento contrario a esta virtud, hubiendo cuidadosamente quanto pueda ofenderla, y en particular el deseo de parecer agradable, la vanidad, y la afectacion en los trages, y la curiosidad de oír, y ver gentes por ventanas, ó calles, la presunción de si mismas, y la frecuente comunicacion con los externos, excepto en caso de necesidad legitima.

En fin evitarán quanto pueda hacerlas sospechosas con el proximo en esta materia; porque esta sola sospecha aunque infundada, seria mas perjudicial a su Comunidad y a sus santos exercicios, que todas las demas culpas que falsamente les pueden imputar. 2.

Siendoles tan necesaria la santa modestia no solo para la edificacion del próximo, si tambien para conservar la pureza 879

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Angelical, que facilmente se marchita por leves actos de inmodéstia, serán cuidadosas en guardarla en todo tiempo, y lugar; a cuio fin bajarán la vista en particular por las calles, Iglesias, en las casas de los externos; y sobre todo hablando a las personas de otro sexo, y estando reunidas ellas mismas en su sala durante la Oracion, la conferencia, la comida, y el silencio.

Evitarán la precipitacion en el andar, y en sus acciones; y conservarán la limpieza en su trage, y muebles, pero sin afectacion.

Se abstendrán también en sus recreaciones de toda ligereza pueril, de carcajadas de discursos, y de gestos descompuestos, de todo juego prohibido y de toda accion menos decente.

Nunca se tocarán una a otra sin necesidad, ni aún por chanza, ó por señal de amistad; si solo para abrazar en Espíritu de Caridad a las nuevamente recividas en la Comunidad, ó a las que vienen de afuera, ó por reconciliarse con alguna a quien huviesen contristado en cuio caso les es permitido el besarse solamente en la mexilla, no en la boca; y esto no ha de ser en las calles ni Iglesias, y siempre de rodillas. 3.

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Huirán con sumo cuydado de la ociosidad, como Madre de todos los vicios, y en particular de la impureza; a cuio fin una vez desocupadas de los Oficios, y Exercicios a que fueron destinadas en el día, dedicarán el tiempo sobrante a hilar, coser, ó a otras obras semejantes; y si careciesen de toda ocupacion, rogarán a la Superiora, ó a su Asistenta que les destine: y las Hermanas ausentes en Comision lo solicitarán de la Hermana Sirviente.

No tendrán en parage alguno pajaros, aves, perritos, ni otros animalitos para la diversion, que puedan inducirlas a mal emplear el tiempo, cuio malogro de un solo momento deben evitar escrupulosamente acordandose de la estrecha cuenta que les pedirá Dios.

En los dias de trabajo no se ocuparán en otras devociones que las prescritas por su empleo del día, ni se detendrán en oir mas que una Misa, sino fuese por algun incidente particular. 4.

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Como el trato externo desarreglado puede perjudicar a su pureza, aún que es ventajoso y meritorio quando es por obediencia, y para cumplimiento de su obligacion con los pobres; Por tanto no saldrán de la Casa sin licencia de la Superiora a la que expondrán el motivo porque salen, y donde van; y a la vuelta se presentarán a la misma dandola cuenta de 880

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lo practicado.

Las Hermanas de las Parroquias, y de otras Casas distantes practicarán lo mismo con su Hermana Sirviente, la que prevendrá a su Compañera antes de salir, y todas en esta ocasion tomarán agua bendita, y se pondrán de rodillas en su Capilla ú Oratorio para ofrecer a Nuestro Señor la accion que van a hacer, pedirle la bendicion y la gracia de no ofenderle: lo que executarán tambien al regreso para darle gracias por los beneficios recibidos, ó pedirle perdon por las faltas cometidas. 5.

No harán visita alguna sinó por necesidad y con licencia de la Superiora, ó de la Hermana Sirviente; y si estuviesen precisadas a presentarse a algun Magistrado, Administrador, u otras Personas publicas, irán de dos en dos, de modo que la Compañera nunca pierda de vista a las Hermanas; y si no pudieren ir acompañadas de alguna de ellas, escogerán una joven de su Escuela, ó alguna Muger vecina que no se separe de ellas. 6.

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Del mismo modo serán acompañadas quando vayan a dar la racion de la caridad a algun pobre Eclesiastico enfermo a algun pobre Eclesiastico enfermo, ó a qualquiera otra persona a los retiros, a las carceles, ó a otros lugares donde tienen motivo para estar con mas cuidado sobre sí mismas.

Procurarán si es posible que por otra mano se den los remedios a dichos Enfermos, y de ningún modo los darán ellas a los que estuviesen en parajes sospechosos, ni tampoco les ministraran la racion ordinaria de la Caridad, y no se cuidarán de las personas desacreditadas por el vicio de la impureza, o que padezcan los efectos venereos; y sobre todo de los enfermos de distinto sexo.

Tendrán sumo cuidado al administrarles los remedios; y en toda asistencia no aproximarse a menos distancia de tres pies aún a los que están agonizando, y exortandolos a morir. 7.

Las personas que vengan a visitarlas, no podran ser recividas, ni podran hablar con nadie sin la licencia de la Superiora, ó de la Hermana Sirviente, con cuio beneplacito podran recibirlas en la puerta ó lugar que hubiere destinado para ello.

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No las introducirán en la Casa, y menos en sus habitaciones, sin expresa licencia del Superior; aunque sean de su mismo sexo, y con el solo fin de ver el edificio.

Tampoco 881

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entrarán los Eclesiasticos, ni sus mismos Confesores, sino es en caso, de enfermedad; y entonces habrá al menos una Hermana presente y de modo que pueda verles, cuya precaucíon observaran tambien con el Medico, Boticario y Cirujano, y demas que tengan licencia para visitarlas en sus dolencias.

Tampoco irán estas a visitar sus Confesores, y Eclesiasticos, a sus mismos cuartos a no estar grevemente enfermos, en cuyo caso podrán ir, pero dos juntas, sin separarse; y si en algun caso hubiese motivo especial para hablarles, será en la Iglesia, ó a la entrada de la Casa con presencia de testigos, y nunca a deshora.

Si diesen con algun hombre, sea el que fuese, no se detendran con el ni un instante, a no ser que hallaren las puertas cerradas. 8.

Siempre que se hallen con personas de otro sexo, observaran ser comedidas en el hablar y en su compostura huiendo de manifestar demasiada afabilidad y contento; cortando los discursos de estos, aunque sean sobre cosas piadosas, que miren al bien de los pobres, ó de otros puntos de alguna entidad.

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No aprenderan jamas a escribir por hombres, y menos sufriran osculos de nadie ni el tacto con pretesto alguno. 9.

Quando vaian por las calles ó casas en cumplimiento de su obligacion para con los pobres, no se detendrán con nadie sin grave necesidad, satisfaciendo a las preguntas en pocas palabras, y alejando con prudentes razones las noticias del siglo que les refieran.

Se abstendrán todas de informarse por curiosidad no solo de los extraños, mas tambien de las Hermanas, y de las cosas particulares de las familias, aunque sea con motivo de consolar a los pobres, por ser todo contrario al espiritu de devocion, y al buen exemplo que deben dar. 10.

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Contribuiendo tanto la sobriedad, y buen orden de vida, para la salud del alma y del cuerpo; y en particular a la conservación de la pureza, procuraran conformarse en todo al arreglo que se observa en la Casa de la Superiora, ya por la calidad, y cantidad de las carnes, y bebida, ya por las horas, y tiempos acostumbrados; pero si alguna se viere precisada a comer, ó beber fuera de hora ó fuera de Casa, ó bien a tomar dentro algun alimento extraordinario, pedirá licencia a la Superiora, ó a la Hermana Sirviente del distrito, mas a ningu882

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na se concederá licencia de beber vino sin permiso del Superior. 11.

No obstante los continuos trabajos de las Hermanas de la Caridad, que no dan lugar a penitencias, y austeridades corporales, con todo podrán practicar algunas con licencia de la Superiora, y otras extraordinarias con la del Superior.

A mas, aiunarán todas las Vigilias de las festividades de Nuestro Señor, y de la Virgen Santísima, y todo los Viernes del año, excepto los de Pascua de Resurrección hasta Pestecostés; y quando recaiga en tales dias la Fiesta del Titular, o Dedicacion de la Parroquia, ó bien si hubiese algun otro aiuno entre semana.

Guardaran abstinencia los Miercoles de Adviento, y los Lunes, y Martes, de la Quinquagesima; pero en tales días, las Enfermeras, y todas las que, sirven a los Enfermos, ó que esten empleadas en trabajos pesados podrán tomar por desaiuno un poco de pan, ú otra cosilla en los dias de regla, con licencia de la Superiora, ó de la Hermana Asistente en su ausencia, ó de la Hermana Sirviente en los parages distantes, y en los aiunos prevenidos por la Iglesia con la aprobacion del Superior, ó del Director.

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En lo demas se persuadirán que las mortificaciones exteriores valen poco sino van acompañadas de las interiores, que consisten en someter su dictamen a la voluntad, y precepto del Superior, en combatir y vencer las pasiones, y malas inclinaciones las pasiones, mortificando los sentidos, y no usando de ellos mas que en caso de necesidad.

CAPÍTULO IV De la Obediencia 1.

Las Hermanas rendirán obediencia, y respeto a los Señores Obispos, en cuias Diocesis se hallan; y tambien al Superior General de la Congregación de la Mision, como Superior de su Comunidad; y a los que este nombrare para dirigirlas, y visitarlas.

Asi mismo a la Superiora, y en su defecto a la Hermana Asistenta, y a las demas Oficialas de la Casa en todo aquello que concierne a sus oficios; como tam883

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bién a las Hermanas Sirvientes, que les fueren nombradas en las Parroquias, y otros parages distantes en que se hallan establecidas, y a las Hermanas Asistentas de los Hospitales, y a las que van con el encargo de las demas en los viages.

Obedeceran prontamente al sonido de la Campana, como a la voz de Nuestro Señor que las llama a los exercicios de la Comunidad. 2.

Se entregaran siempre a la obediencia con la mas puntual sumision de juicio, y de voluntad, en todo lo que no sea pecado, respeto de las Superioras, y Oficialas, tanto de las que les son gratas, como de las que no lo fuesen; teniendo presente, que no se obedece a las Personas, sino a Nuestro Señor Jesuchristo que manda por medio de ellas; y que dice el mismo a los que mandan a otros, quien os escucha me escucha; quien os desprecia me desprecia. 3.

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Siempre que sean destinadas a Parroquias para permanecer, y servir a los pobres Enfermos, la Hermana Sirviente acompañada de una de sus Hermanas arrodillada ante el Parroco irá a recibir su bendicion, y durante su mansion le prestaran toda estimacion, y respeto, y aún obediencia en la asistencia de los Enfermos, y mui particular en lo que respeta a los socorros Espirituales, a que puedan contribuir.

Observarán un grande respeto a todos los Eclesiasticos, y mui especial a sus Confesores, y a los de los Pobres, mirandolos siempre con la misma veneración como si estuvieran en el Altar, y sometiendo a su orden, y dictamen en todo lo que no es pecado, o contrario a las Reglas, y practicas de su Comunidad, ó contra la intencion de sus Superiores; pero si alguno de estos no desempeñase su cargo con los Enfermos, no se tomaran la libertad de reconvenirlos, y si decirlo al Parroco que se lo advierta. 4.

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Reverenciaran, y obedeceran, en lo que concierne a la asistencia de los pobres, a los Señores Administradores de los Hospitales en que se hallan establecidas, y a las Señoras de la Caridad de las Parroquias que esten en exercicio segun su oficio, y conforme al reglamento del territorio, y a la observancia de su Comunidad.

Obedecerán puntualmente a los Medicos en el cumplimiento de sus recetas, tanto para los pobres, como para las Hermanas, las que obedeceran tambien al Medico, y Enfermara en su oficio y en lo que no fuese contrario a sus reglas. 884

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5.

No abrirán las Cartas, ni las Esquelas que recivan sin licencia de la Superiora, que debe leerla antes; ni tampoco escribirán sin su permiso, entregando las que hubiesen escrito para que las vea las remita, ó retenga segun le parezca.

Las Hermanas Compañeras y distantes de la residencia de la Superiora executarán lo mismo con su Hermana Sirviente, a la que compete igual facultad. 6.

Con todo, deben saber las Hermanas que la regla anterior no obliga a manifestar las Cartas escritas a los Superiores, al Director, ó a la Superiora; ni las que reciban de estos, ni manifestarlas a los extraños, ni a sus propias Hermanas, contentandose con comunicarlas por palabra su contenido, en lo que conviene que sepan.

Todas las Cartas que escriban las Hermanas Sirvientes ó sus Compañeras a los extraños, ó a los propios de su Comunidad, deben remitirlas a la Superiora sin cerrar, y con el sobre escrito a donde se dirijan, y por donde ellas deben pasar. 7.

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Las Hermanas Sirvientes, que estan fuera de París, cuidaran de escribir dos, o tres veces por año a la Superiora, dandola cuenta de sus empleos, y del estado de sus Hermanas; y unas, y otras, le escribirán, como también el Superior, siempre que tuviesen cosa importante que comunicarle; y las Hermanas Sirvientes darán plena libertad a sus Hermanas Compañeras, para escribir a los Superiores, sin deseo de ver sus Cartas, ni las que estos las responden.

Las Hermanas, que no saben escribir podrán encargar a otras Hermanas, al Parroco, o a Persona de confianza, el que lo ejecuten, pero con suma reserva, no dictandoles cosa que no pueda ser manifiesta sin faltar a la Caridad.

CAPÍTULO V De la Caridad, y union que deben tener entre si 1.

Pensando en el dictado de hijas de la Caridad con que se honran procuraran hacerse dignas de él, con el verdadero, y sincero amor de Dios, y del Proximo, y estimandose mutuamente las Hermanas, como unidas por Nuestro Señor en su servicio, con particular profesion de obras de Caridad, usando 885

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de todos los medios para conservar entre sí la mas perfecta union.

Por esto echaran de sí con prontitud todo resentimiento de aversion, ó de envidia contra sus Hermanas; no prorrumpiendo en palabras desabridas, u ofensivas, tratandose todas con dulzura Christiana y respetuosa cordialidad, que debe resplandecer siempre en sus semblantes, y sus palabras. 2.

Disimularan gustosas las imperfecciones de sus Compañeras, asi como quisieran ser toleradas en las suias; y se acomodarán en lo posible a su dictamen, y genio en todo lo que no sea pecado, ni contra la regla.

Tendran un particular afecto y Caridad a aquellas, cuio caracter tiene menos de semejanza con el suio, porque esta santa condescendencia, acompañada de la paciencia es un medio excelente para mantener la union, y la paz en la Comunidad. 3.

Si sucediese por fragilidad humana que alguna hermana hubiese causado motivo de sentimiento a otra, luego la pedirá perdon arrodillada, ó a mas tardar antes de acostarse, y la ofendida recibirá con humildad, y de todo corazon la sumision de su Hermana, que tambien se pondra de rodillas.

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Esta santa costumbre, siendo un remedio eficaz para curar con prontitud la amargura del animo, y el resentimiento punzante de la falta cometida, y para no impedir el efecto saludable de esta santa accion, se abstendrá la ofendida de valerse de la humildad de su Hermana para satisfacer su altivez natural reproduciendola su culpa, o insultandola con palabras asperas, y reconvenciones, aunque hubiese caído repetidas veces en el mismo defecto. 4.

Tendrán particular cuidado de las Hermanas Enfermas; en especial fuera de la Casa de la Superiora, mirandolas como Siervas de Jesu-Christo, no como Servidoras de sus miembros los Pobres, y como hermanas de ellas; consideradas siempre como Hijas de un mismo Padre que es Dios, y de una Madre, que es su Comunidad, por cuio motivo las servirán, con el afecto, y puntualidad, que les sea posible.

Sobre todo cuidarán de avisar al Confesor luego que enferme una Hermana, procurandola los Santos Sacramentos, y demas socorros Espirituales; y por lo que respeta a la asistencia corporal guardarán lo prevenido en el parrafo 6, sobre la pobreza, cap. 2 y en las reglas siguientes. 886

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5.

Como el demasiado cuidado de la salud personal es contrario a la Caridad bien ordenada, y puede suceder que en esto haya abuso, en particular las de las Parroquias, que consultando a los Medicos sus menores achaques, y recetandolas con facilidad, estos las expondrian a la ruina de su salud, lejos de procurarsela; por tanto, no usarán de remedio alguno, ni de Sangría, ni aun consultarán al Medico, ni a sugetos de igual profesion sobre sus pequeñas dolencias, sin la licencia de la Superiora; esto se entiende con las que residen immediatas a ella, ó en las Parroquias de la Ciudad, a no ser un mal executivo como la apoplexia, Emorragia, c.

Mas sea la que fuere la enfermedad lo participaran a la Superiora al tercer día lo mas tarde; y las que estan distantes, pedirán licencia, a la Hermana Sirviente, que no la dará sin notorio motivo, dando exemplo a las demas en el cumplimiento de esta regla; y todas despues de recobradas, seguirán la Comunidad, sin pretender por mas tiempo el uso de las dispensas concedidas a su indisposicion. 6.

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Asistirán al entierro de las Hermanas difuntas de su residencia, ó de sus imediaciones, si tienen aviso.

Ofrecerán cada una las tres primeras Comuniones de los dias acostumbrados, y nueve partes de Rosario en los dias siguientes: Por cada difunta harán celebrar una Misa cantada, y tres rezadas, y en lo demas seguirán la costumbre de su Comunidad, segun la practica que hay donde reside la Superiora.

Tambien asistirán al entierro de lo pobres que han cuidado (si se lo permiten sus ocupaciones), y rogarán a Dios por el descanso de su Alma.

CAPÍTULO VI De algunos medios para conservar la Caridad, y union fraternal 1.

Aunque todas deben mutuamente amarse, se abstendrán de las amistades particulares, tanto mas nocivas de lo que parece quanto disfrazadas con el velo de la Caridad; y bien que no sea esta mas que un afecto desarreglado de la Carne, por lo 887

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mismo las evitaran con tanto ó mas cuidado que las enemlstades, extremos viciosos, y, capaces de malograr en breve una Comunidad. 2.

Para desarraigar la semilla de la murmuracion, mui perjudicial a la paz, y armonia de una Comunidad, (tanto como los dos vicios precedentes,) y que proviene ordinariamente de la curiosidad de saber cuanto pasa bajo pretexto de un falso celo del bien comun no indagarán, ni hablarán del manejo de la Comunidad, ni de los motivos porque destinan a la una, y retiran a la otra de su destino, ni de sus circunstancias, de sus empleos, de los Oficios de las demas, en que no deben ingerirse sin mandato, y finalmente de las reglas de la Comunidad para tacharlas, y mucho menos para quejarse.

Mas si advirtiesen alguna cosa que les pareciese fundada expondrán humilde, y sencillamente su pensamiento a la Superiora, al Director, ó al Superior sin mas cuidado, y absteniendose de censurar la conducta de las demas, ó el manejo de la Hermana Sirviente.

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Las murmuraciones son el manantial de los escandalos, y divisiones, que provocan la ira del Señor, no solo sobre las Personas que las promueven, pero tambien sobre las que las escuchan con complacencia, y aun sobre toda aquella Comunidad. 3.

Se abstendrán en sus conversaciones de sacar los defectos del Proximo, y en particular de sus Hermanas, y de referir lo que de ellas oyeren fuera de Casa, sino en derechura a los Superiores, pero si alguna se propasase contra esta disposición faltando a la Caridad, ante sus Hermanas, lejos de oirla estas, la cortarán el discurso, arrodillandose, y rogandola para que cese; y si esto no bastare, se retirarán con presteza como del silvído de la serpiente. 4.

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Como el silencio sea el mejor, y mas eficaz medio para evitar no solo la multitud de faltas contra la Caridad que se cometen por ligereza, sino también la multitud de pecados que resultan de la loquacidad (segun atestigua la Sagrada Escritura,) por tanto evitarán toda palabra ociosa en sus ocupaciones, y en especial, desde la Oraciones de la tarde hasta despues de la Misa del día siguiente (que oirán a cosa de las siete), y desde las dos de la tarde hasta las tres, de modo que se acuerden, aun caminando por las calles, que dicha hora está dedicada al 888

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silencio; y si se ven precisadas a romperlo, lo executarán con voz baja, y en pocas palabras.

Tambien observarán el mismo silencio en las Iglesias, en las Sacristias de los Hospitales que están a su cargo, en los Oratorios privados, y en el refectorio y en especial durante la comida Cuidaran de no hacer ruido en los quartos, y cerrando, ó abriendo puertas, particularmente de noche, y aun en los ratos que les es lícito el conversar juntas, no levantarán la voz, y hablarán siempre con tono moderado, segun conviene a su Estado, y a la edificación del Proximo.

CAPÍTULO VII De la Caridad con los Pobres Enfermos 1.

Siendo su principal Instituto el servir a los Pobres Enfermos, lo desempeñarán con la maior atención, y afecto, considerando que sirven en ellos a Nuestro Señor Jesu-Christo.

Por tanto ellas mismas les servirán la comida, y aplicarán los remedios tratandolos compasivamente, con dulzura, cordialidad, respeto, y aún devocion; aun a aquellos mas enfadosos; a aquellos con quienes seran preciso vencerse para servirles; y a aquellos a quienes tengan menos inclinacion.

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No sufrirá su conciencia, que padezca jamás por algun descuido, ó no haber acudido a tiempo con las medicinas ó alivios que echen de menos esto, aunque sea por preferir algunos exercicios espirituales, que deverán ser pospuestos siempre a la importante asistencia de los Pobres Enfermos. 2.

Tampoco omitirán el dar a estos frecuentemente buenos consejos, exortarlos a la paciencia, persuadirles que hagan una Confesión general, y finalmente que se resuelvan a bien morir, ó a vivir bien.

Cuidarán de enseñarles las cosas necesarias para salvarse, nada omitirán para que recivan los Santos Sacramentos, y estos mas de una vez, se recaiesen enfermos despues de convalecidos conforme está ya advertido en las Reglas particulares de su Oficio con los Enfermos. 3.

Como la Caridad mal ordenada es no solo desagradable a Dios, pero tambien muy dañosa a las almas de los que la practican, no daran el alimento, ni medicinarán a nadie contra la voluntad de las Personas de quienes ellas dependen, no 889

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contra la órden dada; sin detenerse en las quejas que los pobres pacientes dieren: procurando consolarlos, y asistirles lo mejor que puedan; manifestándoles la compasion de sus males, y el pesar de no poder condescender a sus deseos; y excitando por fin con el maior vigor a las Señoras de la Caridad, y demas Personas al maior alivio y asistencia de estos. 4.

Si algunas Personas Caritativas les subministran limosnas para los Pobres Enfermos de la Parroquia en que viven, ó para otros necesitados, seran fieles en distribuirlas segun lo prescrito por los bienechores, y no las destinarán jamas a los demas disponer de las limosnas contra la mente de los que las hicieron sus depositarias.

Si las Hermanas tuviesen Parientes pobres, tendran especial cuidado de no propasarse a favor de ellos con perjuicio de su conciencia; temiendo que el amor natural no las seduzca con pretexto de caridad, por lo que no pedirán limosna a los Fieles para los suios, sin la licencia de la Superiora. 5.

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No velaran Enfermos fuera de la Casa, ú Hospital de su residencia, y mucho menos a los ricos, aunque esten enfermos, o sanos, ni a sus Criados en sus dolencias, sino estan recibidos en la Cofradía de la Caridad, por ser ageno de su instituto, cuio objeto es la asistencia de los Enfermos desvalidos: sin embargo en el caso en que no huviese en aquel parage.

Medico ó Cirujano, podrán asistir a las Personas acomodadas, lo mismo que a los demas Enfermos, pero con preferencia siempre de los Pobres. 6.

No admitirán en sus empleos Criada alguna ni Persona estraña sin expresa licencia del Superior de su Comunidad; ni admitirán pensionistas en sus Casas, ni con motivo de retiro Espiritual, y solo para exercicios por ocho dias en la Casa en que reside la Superiora, y no en las demas sin expresa licencia del Superior.

CAPÍTULO VIII De las Obras Espirituales 1.

Desempeñaràn fielmente sus exercicios espirituales, como tan necesarios para conservarse en estado de gracia, y en 890

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el fervor, para perseverar constantes en las tareas de su vocación; y aunque no deben escrupulizar en alterar las horas, y en omitir algunas quando lo requieren las urgencias de los Pobres, con todo cuidarán de no faltar a aquellas por negligencia, o indevoción ó por inclinacion a los exercicios exteriores con pretexto de Caridad 2.

Se confesaran todos los Sabados; y las Visperas de las fiestas con el Confesor nombrado por el Superior, y no con otro sin su permiso.

Las residentes en París harán una vez al mes el examen de las faltas principales cometidas en el mes anterior dando cuenta de su conciencia a su Director, ó a la Persona nombrada por el Superior.

Asi mismo se presentarán a la Superiora para darla cuenta de sus exercicios, y proponerla las dificultades que tuviesen en su complimiento y si por muy ocupadas no pudiesen ejecutarlos lo practicarán luego que puedan. 3.

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Haran exercicios Espirituales todos los años, y una confesion general del año en el tiempo que les sera señalado, y de las faltas cometidas desde la anterior confesion, y concurrirán siempre que las avisen a la casa de la Superiora, a las conferencias del Superior, ó de otro nombrado por él.

Acudirán a estas por turno, para que no falte, por la ausencia de todas, la asistencia de los Pobres, ó el cumplimiento de algunos empleos de importancia.

Las que viven lejos de la casa de la Superiora como una ó dos jornadas, procurarán venir a lo menos una vez al año a los exercicios precediendo la licencia de la Superiora, o del Director, y de acuerdo con la Hermana Sirviente que señalará el día de su marcha haciendo por su parte cuanto pueda, para concederlas este consuelo.

Las que viven mas distantes, recurrirán para dicho exercicios y otros socorros Espirituales, a las Personas nombradas por el Superior para ello en sus districtos, y a los Visitadores que les serán enviados; pero ni las remotas ni las inmediatas se alistarán en Hermandad alguna, sin expresa licencia del mismo Superior. 4.

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Comulgarán en los Domingos, en las Festividades, de Nuestro Señor, y de su Santísima Madre, y demas fiestas de preceptos, pero no lo haran con mas frecuencia, ni tres dias seguidos sin permiso del Superior, ú otro Subdelegado suyo, ni ahun dos dias seguidos, aunque tengan motivo para confesar 891

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se; y para obviar los abusos que puedan resultar de la licencia de comulgar con frecuencia, y a fin de acompañar el merito de la obediencia con el fruto de este Santo Sacramento, las que vivan en la casa de la Superiora, pedirán su permiso cada vez que haian de comulgar, y las de las Parroquias, y de otros establecimientos distantes, haran lo mismo con su Hermana Sirviente, sometiendose unas, y otras con humildad, y sin queja a la negativa que las hicieren, ni tampoco comulgarán si el Director o su Confesor lo repugnase. 5.

Todos los Viernes, excepto el Viernes Santo ú otros en que recaiesen fiestas solemnes, se reúniran a las siete y media para sus Oraciones, y asistir a la Conferencia de la Superiora, ó de quien la representa, en que se trataran de las faltas cometidas contra la regla para corregirse.

A este fin cada una diran su culpa a presencia de las demas en el modo acostumbrado, y recivirá con humildad las correcciones, y penitencias que la diesen, pidiendo perdon a las que pudiera haver dado motivo de ofensa, ó de mal exemplo.

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Una vez al mes rogarán cada una que la amonesten de las faltas que huvieren reparado en ella, lo que practicarán las demas con espiritu de caridad, y humildad, sin hacer caso de los defectos personales, y particulares de las que avisan, y las Hermanas advertidas, recivirán esta gracia con humildad, y deseo de enmendarse sin justifcarse, ni manifestar sentimiento.

Las que vivan en las Parroquias, y demas parages remotos observarán lo mismo con su Hermana Sirviente. 6.

Para cortar los grandes inconvenientes que destruirian la Comunidad, si fuese libre cada qual en manifestar su animo a qualquiera, no les sera licito el manifestar sus tentaciones y demas trabajos interiores a sus Hermanas, y mucho menos a los extraños; pero si al Superior, ó al Director nombrado por este, ó a la Superiora, y en caso urgente a la Hermana Sirviente, como Personas destinadas por Dios.

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Con todo si alguna necesita desaogar su animo, ó pedir dictamen a Persona de afuera, meditada antes la cosa con Dios, lo hará con licencia del Superior, ó del Director, ó de la Superiora, temiendo que si obra de otro modo puede Dios permitir que le den un mal consejo, en pena de su inobediencia. 892

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7.

Sobre todo guardarán gran secreto en todas las cosas particularmente las que mirán a las Conferencias, a las Comunicaciones, y a las Confesiones; bien seguras, que a mas de la ofensa que cometerían contra Dios, revelando el secreto, resultaria que todas estas practicas llegarian a ser odiosas, inutiles, y tal vez perjudiciales a muchas.

No por esto se prohibe el decir lo que han ohido de edificacion, y sentencioso al Superior, al Director ó a alguna Hermana, como resulte de ella la edificación de los demas, sin explicar el parage en que se les dijo, y mucho menos si es en la Confesion; mas no debe referirse por pasatiempo, y menos por queja, ó murmuracion.

Tampoco comunicarán sus reglas a los extraños sin expresa licencia del Superior o del Director de su Comunidad; y la Hermana Sirviente devera tenerlas cerradas con llave en su cuarto, sin sacarlas de Casa, ni dejarlas a la vista de los de afuera, y menos que saquen algua copia. 8.

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Como el Superior o la Superiora no podrian remediar los defectos que acontecen en la Comunidad, no dando parte las personas que son sabedoras, cuio encubrimiento seria contra la Congregacion, y a favor de la inobservancia, tendran obligacion cada una de avisar humilde, y caritativamente al Superior, ó Director, ó Superiora, y en caso de necesidad a la Hermana Sirviente, de todas aquellas faltas de consecuencia, ó tentaciones nocivas que huviesen notado en sus Hermanas; y ella llevará con humildad y aún alegria el que la manifiesten sus faltas, al mismo Superior, ó Superiora, reciviendo de buena voluntad, y sin escusa los avisos que le dieren ó en publico, o en particular; y absteniendose de hacer cargo, ó manifestar disgusto a las Personas que sospecharen ha ver delatado los defectos de que son adverditas.

CAPÍTULO IX Distribución del día 1.

Se levantarán a las quatro y al primer toque de la Campana, y ofreciendo su primer pensamiento a Dios, se vestirán con diligencia, y modestia, ajustandose la ropa en el 893

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recinto de sus cortinas; hecho esto tomaran agua bendita, y arrodilladas daran gracias adorando al Señor, ofreciendole todas las acciones del día, y luego doblaran la cama. 2.

A las quatro y media haran en Comunidad sus oraciones, que comenzaran por el Veni sancte spiritus, y los cinco actos ordinarios del exercicio de la mañana; despues leeran los puntos de la meditacion que haran hasta las cinco y quarto, y concluiran con el Angelus Domini c, y las Letanias del Santo Nombre de Jesús, y demas Oraciones acostumbradas; seguiran con el Rosario, y haran la repeticion de la oracion hasta las sels. 3.

A las seis se ocuparan con silencio en sus cosas segun sus Oficios; y a las seis y media aprenderan a leer las que tengan licencia, y lo necesiten hasta cosa de las siete. 4.

A las siete iran juntas a la Misa de dos en dos, si lo permiten sus ocupaciones, y sino a la hora que pudieren, y por turno segun lo disponga la Superiora, ó la Hermana Sirviente; 5.

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Oida la Misa, iran juntas al refectorio para almorzar, tomandodo un pedazo de pan, a no ser que la Superiora, ú otras Oficialas, o bien la Hermana Sirviente tengan por conbeniente el distribuir otra cosilla mas, a las que por sus achaques, ó ancianidad, ó grandes fatigas lo necesiten, y todo con el maior silencio.

Las que no huvieren podido acudir a la Misa Comun, iran mas tarde, y no sera inconveniente en los dias de trabajo el almorzar antes; pero despues de las nueve y media, nadie almorzará sin licencia de la Superiora, ó de la Hermana Sirviente. 6.

Después de almorzar cada qual se aplicará a su destino, y si trabajasen juntas podran hablar de cosas piadosas con gravedad, y no por via del pasatiempo. 7.

A las once, y media haran el examen particular durante uno, o dos Misereres, deteniendose en los propositos que hicieron por la mañana, y en particular sobre los actos de la virtud que se propusieron, de practicar.

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Después, de rezado el Benedicite, que comenzará la Superiora, y lo continuarán las demas: Comerán cada una su racion en diferentes platos oyendo con atención la lectura espiritual de una Hermana, que concluira por el Martirologio del siguiente día.

Diran el Angelus Domini al toque de la Campana, aunque no haian conclui894

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do la comida, y levantadas de la mesa darán gracias, y repetirán el Benedicite, y en seguida una decena del Rosario.

En las Parroquias donde solo estan dos no pudiendose hacer la lectura durante la comida, la practicarán antes de comer, meditando despues en silencio sobre lo leido. 8.

Después de comer, se aplicará cada una a su destino si fuere necesario, y sino todas juntas, a hilar y a coser, durante una hora, conversando de cosas edificantes por via de recreacion alegre, y modesta; acordandose de levantar a Dios su corazón con frecuencia; y si por descuido aquí se mezclase algun discurso ilicito, ó inmodesto, entonces una de las Hermanas, que tendra este encargo dira Acordemonos de la presencia de Dios. 9.

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A las dos, despues de haber rezado el Veni Sancte Spiritus, una de las Hermanas hara en voz alta la leccion Espiritual por un quarto de hora, que rematara con el Deus Charitas est, qui manet in Charitate in Deo manet, et Deus in eo: Las demas atenderan a la lectura sin cesar en sus labores con gran silencio hasta las tres aplicando su Espiritu a algun buen pensamiento, ó a la instruccion que en el mismo lugar y tiempo se hace a las Hermanas en la Casa en que reside la Superiora, para cimentarlas en las obligaciones Christianas, y de verdaderas Hijas de la Caridad, a que procuraran asistir todas permitiendolo sus ocupaciones. 10.

A las tres, puestas de rodillas entonará una Hermana; Christus factus est pro nobis obediens usque ad mortem c. y adorando todas al Hijo de Dios muriendo por nosotros, lo ofrecerán al Padre Eterno en aquella hora en que rindio su Espiritu, rogandole se digne aplicarles el mérito de su muerte en particular a aquellos que estan en la agonia, ó en pecado, y por todas las almas del Purgatorio: hecho este acto por espacio de tres Padres nuestros, y tres Ave Marias; besarán la tierra, y se levantarán.

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Las que tuvieren escuela cumplirán con este acto antes de entrar en ella, y las que a semejante hora esten ocupadas con extraños, ó por las calles, lo harán en espiritu, y no pudiendo ejecutarlo entonces, lo haran luego que puedan. 11.

Concluido este acto, las que permanezcan juntas y no tengan oficio particular, continuando con sus labores podran conversar sobre puntos de edificacion son seriedad, y devo895

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cion, y en voz baja.

Concluida la recreacion, las que tengan licencia para aprender a escribir se ocuparán una media hora, ó lo que le parezca a la Superiora; o a la Hermana Sirviente, no teniendo otra ocupacion precisa; aplicandose a esta de modo que esten dispuestas a interrumpirla siempre que lo disponga la Superiora, o Sirviente por otra obligacion mas importante, para que no se falte al servicio de los Pobres, ni a otras ocupaciones comunes. 12.

A las cinco, y media se iran a la oracion hasta las seis si no la hubiesen hecho antes como se practica en los Hospitales; despues harán el examen de conciencia particular como antes de comer; en seguida iran a cenar, diciendo el Benedicte; leyendo durante la cena, pero no el Martirologio: levantadas dirán el Angelus Domini, con una, o dos decenas del Rosario, y observarán lo prevenido a la Comida. 13.

Despues de la cena se ocuparan, si fuere necesario, en sus oficios; y sino trabajaran juntas, siguiendo lo prevenido para la recreacion del medio día. 14.

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A las ocho y al toque de la Campana se juntarán todas para el Exercicio de la noche en el mismo lugar en que hacen ordinariamente la lectura de las dos de la tarde; y haviendo la Superiora, o Hermana Sirviente dicho el Veni Sancte Spiritus, cada una tomará su labor, y escuchará la lectura de los dos primeros puntos de la Meditacion, que leera en voz alta la Hermana que esta de Semana Enseguida y hasta que toque el quarto para las nueve la Superiora, ó Hermana Sirviente hara repetir a algunas Hermanas lo que habran pensado; o bien ella misma dira alguna cosa sobre el mismo asunto para facilitar la medictacion a las Novicias.

Pero en los Sabados y Vigilias de Fiestas se reservara la lectura de la Meditacion para despues de la Plegaria, y en lugar de ella se hara por entonces la lectura del Evangelio del siguiente día que ohirán todas de rodillas; y despues continuarán como antes en sus labores.

Si en el Domingo recayese alguna Fiesta solemne, se leera solo el Evangelio de la Fiesta que celebra la Iglesia en aquel día. 15.

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A las ocho, y quarto iran a la Capilla, ú Oratorio para hacer el examen general, y las oraciones regulares, y despues se leera el tercer punto de la Meditacion, si antes huviesen prece896

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dido lo otros dos: y retirandose en silencio iran a dormir,tomando el agua bendita, y rezado por espacio de unos tres padres nuestros a lo mas: se acostarán modestamente desnudandose sin dejarse ver, corridas las cortinas de sus camas durante la noche Procurarann dormirse sobre algun buen pensamiento, relativo a la Meditacion del día siguiente, y harán de modo que esten acostadas a las nueve y apagadas las luces. 16.

Los Domingos, y Fiestas seguirán puntualmente el mismo metodo que los demas dias, excepto lo siguiente: no emplearán el tiempo señalado para las tareas de mano en exercicios espirituales, quales con el uso de los Santos Sacramentos, la asistencia a los Oficios divinos, los Sermones el Catecismo, y discursos piadosos, leccion de libros devotos señalados por el Superior, ó por otros en su nombre, instruccion del Catecismo para poder enseñar a los Pobres, y a las niñas en lo necesario para salvarse con los demas exercicios conformes a su estado. 2.

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VINCENTIUS es una herramienta de consulta. Para trabajos académicos recomendamos verificar siempre la referencia en la edición original indicada.

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