Carta · tomo V

A FRANCISCO FOURNIER, SACERDOTE DE LA MISION, EN AGEN

22 de febrero de 1654

Tipo
Carta
Autoría / fuente
San Vicente de Paúl
Tomo
V
Extensión
1.066 palabras
Página inicial
78
Ver tomo

1782 [1707,V ,78-82] A FRANCISCO FOURNIER, SACERDOTE DE LA MISION, EN AGEN 22 de febrero de 1654 Aunque ando bastante atareado, voy a procurar contestar a su carta, que contiene seis o siete preguntas.

La primera es si el voto de obediencia hecho al superior general obliga a obedecer a un superior particular.

Le respondo que sí, ya que el voto se hace a Dios y todo superior nos representa a Dios mismo, y porque la intención del superior general es que se obedezca a los superiores particulares, que ocupan su lugar, con tal que sea en la forma que prescriben nuestras reglas. ________ 1.

País natal de Nicolás Guillot.

Carta 1782.

— Reg. 2, 69 y 19.

El extracto que hay en la página 19 comienza por las palabras De lo que me pregunta y termina con esta intención y esta esperanza.

Su lugar no corresponde al principio ni al final del fragmento de la página 69; lo hemos intercalado en el lugar que nos ha parecido más conveniente. 75

Tomo V · p. 78

Como contestación a la segunda pregunta le diré, padre, que no nos está permitido confesar en las ciudades a los seglares, si no se está haciendo allí la misión, o en nuestras iglesias o capillas a los que hacen ejercicios en nuestras casas, y no a otras personas, aunque nos lo pidan algunas personas de condición y amigas de la compañía con el permiso de los señores vicarios generales o de los párrocos, porque nos lo prohibe nuestra regla.

También nos prohibe nuestra regla atender a las religiosas, de cualquier orden que sean.

Y a no ser que los señores obispos nos lo manden expresamente, no debemos apartarnos de esta regla, no sólo en lo que se refiere a la dirección o a las confesiones, sino incluso para decirles misa, tanto si son pobres como si no lo son.

Les toca a los señores obispos o a sus superiores atender a esas necesidades, y a nosotros atenernos a nuestras funciones, sin dedicarnos a otras ocupaciones que pueden apartarnos de ellas, como podría ser la sujeción a las religiosas.

Tomo V · página PDF 76

Y si le he permitido al padre Edmundo 1 atender a las de Santa María para que supla la falta de un capellán, ha sido por la necesidad que tenían y por la orden que le dio el señor obispo de Agen 2.

Pero ahora que la peste ha cesado en la ciudad y han vuelto los eclesiásticos, esas religiosas encontrarán personas para que les sirvan, y el citado señor obispo verá muy bien que la compañía se dispense de ello.

Por eso le ruego que le presente sus excusas y le dé a entender que es un principio para nosotros no obrar nunca de ese modo, ya que ese trabajo nos impediría dedicarnos a lo más necesario, como es la salvación de los pueblos del campo, que ordinariamente carecen de instrucción y de ayuda espiritual.

Quizás le digan ellas que soy yo el primero en faltar a esta norma, ya que tengo la dirección de sus monasterios de París; pero hay que saber que la tenía antes de que se hubiera fundado la Misión 3, y que desde que Dios la hizo nacer he hecho todo lo que he podido por descargarme de su dirección, hasta estar 18 meses sin acudir por ________ 1 Edmundo Menestrier, superior de Francisco Fournier. 2.

Tomo V · página PDF 76

Bartolomé d'Elbène (1638-1663). 3.

Desde 1622. 76

Tomo V · página PDF 76

allí 4; pero tuve que ceder a la fuerza de la autoridad superior, porque el señor cardenal de Retz, coadjutor de París, me mandó en diversas ocasiones que continuase.

Esta es la respuesta a las tres o cuatro preguntas que contiene el tercer párrafo de su carta.

Por lo que se refiere a la cuarta, en la que desea usted saber si los sacerdotes que enviamos de una diócesis a otra tienen facultades de confesar sin presentarse al ordinario, le digo que no, a no ser que el obispo haya dado órdenes a la compañía para que haga misiones en su diócesis, como pasa con ésta y con otras muchas.

Tenemos obligación en todos los sitios en que tengamos fundación de hacer la conmemoración en el oficio y de solemnizar la fiesta, con octava, del patrono de la parroquia, aunque no seamos los párrocos.

No puedo contestarle a la sexta pregunta, o sea, sobre si los eclesiásticos de nuestros seminarios están exentos de cumplir con pascua en la parroquia, ya que esto tiene que decidirlo el señor obispo; le aconsejo que acuda a él, cuando regrese, para consultarle y para que no se haga nada en contra de su intención.

Tomo V · página PDF 77

No ocurre lo mismo con nuestros hermanos coadjutores, ya que nuestra compañía es una congregación aprobada por la iglesia, de la que también ellos son miembros, y ese cuerpo tiene una cabeza que es como su pastor.

Sobre lo que me pregunta de cómo se cumple el cuarto voto, que se refiere a dedicarse a la salvación de las pobres gentes del campo durante toda la vida, si uno sólo trabaja en los seminarios, le respondo que se cumple, primero, en disposición de espíritu, estando preparados para ir a las misiones a la menor señal que se nos haga; y en segundo lugar porque trabajar en la formación de buenos párrocos y de buenos eclesiásticos, que vayan luego a instruir a los campesinos y a exhortarles a una buena vida, es trabajar mediatamente por la salvación del pobre pueblo del campo; por lo menos hemos de tener esa intención y esa esperanza.

Me pregunta usted finalmente si los señores obispos han dado facultad en general a todos los misioneros que han fundado en sus diócesis de absolver los casos reservados.

No, padre, no to________ 4.

En 1646-1648. 77

Tomo V · página PDF 77

dos la han dado; entre los que la han dado, algunos la han restringido; de forma que no tenemos ningún poder en las diócesis más que el que nos dan esos señores obispos y hay que pedírselo; y esas facultades que nos dan suponen siempre el consentimiento de los señores párrocos, sin el cual no debemos servirnos de ellas, a no ser que no se les pueda pedir cómodamente y se crea que probablemente no lo verán mal, en cuyo caso podemos hacerlo.

Me parece que con todo esto tiene usted ya bastante para aclarar sus dudas, que no pueden provenir más que del interés que usted tiene en cumplir la voluntad de Dios y nuestras normas y observancias en todas las cosas, por lo que le doy gracias a su divina bondad.

Tomo V · p. 82

Se muestra el documento completo según los límites detectados en la edición. Para trabajos académicos recomendamos verificar siempre la referencia en el PDF original.

Volver arriba ▶ VicenPlay