Carta · tomo VII

A EDMUNDO JOLL Y, SUPERIOR DE ROMA

Tipo
Carta
Autoría / fuente
San Vicente de Paúl
Tomo
VII
Extensión
358 palabras
Página inicial
147
Ver tomo

2681 [2583,VII,147-148] A EDMUNDO JOLL Y, SUPERIOR DE ROMA 10 mayo 1658 Como el procurador general de San Mauro se ha opuesto a la expedición de nuestras bulas de Saint-Méen, las cosas siguen sin arreglarse 1.

Siempre he estado temiendo este revés, aunque resignado con lo que Dios quiera ordenar.

Me parece que esta oposición carece de fundamento, ya que esos buenos padres de la reforma no tienen derecho a entrar en ninguna casa de San Benito si no los llaman a ella, según la bula de su erección.

Y no vale la objeción de que, al ser los hijos de ese santo, pueden reclamar sus bienes, cuando alguien quiere alienarlos de su orden, ya que todos los bienes de la iglesia pertenecen a la iglesia; y si todavía viviera san Benito, no negaría esta verdad, él que era hijo de la iglesia, sino que confesaría que los bienes de su orden se los había dado la iglesia, debido a la ayuda que ella recibía de él por entonces por los seminarios de ecclesiásticos que él educaba para que cumplieran dignamente los beneficios.

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Pues bien, ahora ellos no se dedican a esto; y como la iglesia ha ordenado que los obispos erijan seminarios y el rey ha dispuesto que unan a ellos los beneficios y otras rentas, es justo que la misma iglesia se sirva de algunos de esos bienes, con la autoridad del príncipe y del prelado y con ________ Carta 2681.

— Reg. 2, 240. 1.

El motivo alegado era que, en su súplica, Edmundo Jolly no había expresado los «oficios claustrales».

Tuvo que comparecer ante el cardenal datario en contradicción con el procurador general de San Mauro.

Después de leer el informe que le hicieron, el papa ordenó el 3 de abril que, a pesar de la oposición, se pasara a la expedición de las bullas, cuyo texto puede leerse en Acta apostolica in gratiam Congregationis Missionis, 18-23, y en los Archivos Nacionales S 6711.

Esta carta nos indica que surgieron nuevas dificultades. 132

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el consentimiento de los legítimos posesores, para suplir lo que los benedictinos hicieron en otros tiempos y ahora han dejado de hacer.

Esperaremos con paciencia la resolución de este asunto.

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