Carta · tomo VII

A EDMUNDO JOLL Y, SUPERIOR DE ROMA

Tipo
Carta
Autoría / fuente
San Vicente de Paúl
Tomo
VII
Extensión
482 palabras
Página inicial
253
Ver tomo

2753 [2655,VII,253-255] A EDMUNDO JOLL Y, SUPERIOR DE ROMA 6 septiembre 1658 ¡Bendito sea Dios de que parezcan ir por buen camino las últimas propuestas para la residencia de ustedes y para las ordenaciones!

Los padres antiguos de por aquí que vieron la casa de San Nicolás dicen que se encuentra en un lugar bastante oportuno; pero he de decirle dos o tres cosas sobre este tema.

La primera es que quizás sea preferible dejar que siga unid.l a ella la parroquia en vez de separarla.

Es verdad que siempre hemos puesto dificultades para cargarnos con parroquias, sobre todo en las ciudades episcopales y donde hay parlamento o cabildo; pero la experiencia nos ha hecho ver que, donde hay un seminario, es conveniente que tengamos también una parroquia para ejercitar en ella a los seminaristas, que aprenden mejor las funciones parroquiales con la práctica que con la teoría.

Tomo VII · p. 253

Tenemos un buen ejemplo de ello en San Nicolás du Chardonnet, en donde los eclesiásticos que de allí salen están muy bien preparados para servir en una parroquia, por haberse ejercitado previamente en ella; y los del seminario de Bons-Enfants no lo están tanto, por faltarles ese ejercicio, aunque se procura formarlos con cuidado.

Esto me hace pensar que hará usted bien en exponerle lo que le digo al reverendo señor Spada 1 y a los demás señores prelados que trabajan por el progreso espiritual del clero, no ya para pedirles una parroquia, sino para que ellos mismos juzguen si es conveniente que Su Santidad destine una para ello, en el caso de que tenga pensado establecer un seminario en Roma y confiarnos su dirección.

Conoceremos la voluntad de Dios en la resolución que adopte Su Santidad y podrá usted saber de esta manera que no va en contra de nuestra intención aceptar una parroquia por este motivo; pero no debemos ni buscarla, ni desearla en otras condiciones.

Tomo VII · p. 253

La segunda cosa es que, suponiendo que les hagan residir en San Nicolás, nosotros no estamos en disposiciones de pagar nada, ni de resarcir a los religiosos suprimidos, ni de contentar a otras personas interesadas. ________ Carta 2753.

— Reg. 2, 241. 1.

Comendador del hospital del Espíritu Santo en Roma, hermano del cardenal Bernardino Spada. 220

Tomo VII · p. 253

Lo tercero se refiere al gasto de los ordenandos; pues, aunque en París los mantengamos gratis, no podemos hacerlo en Roma, ya que no tenemos allí nada más que lo necesario para el sustento de la familia.

Hará usted bien en exponer oportunamente nuestra impotencia para esto y para todo lo demás y en proponer la solución que se practica en varias diócesis de Francia, de obligar a cada uno de los ordenandos al pago de sus gastos durante los ejercicios, a no ser que el papa quiera pagarlo personalmente por todos ellos; de la misma forma, cada uno de los seminaristas que entre en el seminario pagará su propia pensión, según el presupuesto que se haga.

Tomo VII · p. 255

Se muestra el documento completo según los límites detectados en la edición. Para trabajos académicos recomendamos verificar siempre la referencia en el PDF original.

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