Carta · tomo VII
A NICOLAS PORCHER, PROVISOR DE PARIS
8 de abril de 1659
2907 [2808,VII,484-487] A NICOLAS PORCHER, PROVISOR DE PARIS [Abril 1659] 1 Vicente de Paúl, sacerdote, superior general de la congregación de la Misión, humildemente expone que, habiendo acordado en ________ Carta 2907.
— Archivos Nacionales, M 212, n.º 7, copia sacada por la oficina de Archivos de París. 1.
La Petición fue presentada al provisor el 8 de abril de 1659; lo 413
fecha del siete de enero de 1632 con el Padre Adriano Le Bon, prior de la casa de San Lázaro, y los religiosos puestos bajo sus órdenes, la unión de dicha casa y de sus dependencias a la congregación de la Misión, para que fuera de los sacerdotes de dicha congregación establecidos en ella, con las cargas y condiciones indicadas en dicho acuerdo, el rey Luis XIII, de feliz memoria, otorgó sus letras patentes, fechadas en dicho mes de enero, para confirmar este acto, mientras que los señores prebostes de mercaderes y los escribanos de la ciudad de París dieron su consentimiento para su ejecución en acta del 24 de marzo de aquel mismo año.
Tomo VII · página PDF 414Pero los religiosos, el abad y el convento de San Víctor y los párrocos de esta ciudad y aledaños de París se opusieron a dicha unión, por lo que la corte del parlamento, en decreto del 21 de agosto de dicho año 1632, ordenó, sin tener en cuenta la mencionada oposición, que examinaría el acuerdo y las cartas patentes del rey, y en otro decreto del 7 de septiembre siguiente ordenó que el acuerdo y las letras patentes fueran registradas en los registros de la corte para que los sacerdotes de la congregación de la Misión pudieran gozar pacíficamente de sus efectos, después de haber acudido ante el señor arzobispo de París para obtener las cartas de unión y el establecimiento perpetuo de su congregación en dicha casa de San Lázaro, con las condiciones estipuladas y la carga de recibir allí a los leprosos y cumplir las cargas fundacionales.
Tomo VII · página PDF 414Dicho señor arzobispo otorgó esas cartas de unión en fecha de 31 de diciembre de aquel mismo año, confirmándolas y aprobándolas el difunto rey en cartas patentes del mes de enero de 1633, registradas en los registros del parlamento el 21 de marzo siguiente y en la Cámara de cuentas y corte de subsidios, con las primeras letras patentes, el 11 de octubre de 1633 y el 9 de enero de 1634.
El suplicante quiso además que aquel acuerdo fuera reconocido en la corte de Roma, obteniendo allí la confirmación de esas cartas de unión del señor arzobispo de París y la aprobación de la introducción y establecimiento de los sacerdotes de la congregación de la Misión en dicha casa de San Lázaro; para ello hizo las oportunas diligencias en la corte de Roma y, después de que el asunto fue examinado en la congregación de cardenales encargados de los ________ dice él mismo en el Procès verbal de l'estat des bastimens, cloistres, jardins et clos de Saint-Lazare, del 27 de junio de 1659 (Archivos Nacionales, M 212, n.º 7). 414
asuntos de los regulares, el papa Urbano VIII, con la aprobación de dichos cardenales, accedió a la súplica en carta fechada en Roma, en San Pedro, en los idus de marzo del año duodécimo de su pontificado, que es según nuestros cálculos el 15 de marzo de 1635.
Y como no hubieran sido expedidas las bulas en aquel tiempo, sino en tiempos de su sucesor Inocente X, el suplicante las obtuvo de nuestro Santo Padre, felizmente reinante, en la forma que se titula Rationi congruit , fechadas en Roma, en San Pedro, el año 1655 de la encarnación de Nuestro Señor, día catorce antes de las kalendas de mayo, el año primero de su pontificado, que es según nuestros cálculos el día 18 de abril de 1655; en esas bulas Su Santidad quiere que la gracia concedida,por su predecesor Urbano VIII surta efecto desde el día de su concesión, 15 de marzo de 1635, lo mismo que si las bulas hubieran sido expedidas por su predecesor.
En dichas bulas se le encarga a Su Señoría que apruebe y confirme a perpetuidad dicha unión y concesión, asignando de nuevo a los sacerdotes de la Misión el priorato o casa hospitalicia de San Lázaro, con la posesión y disfrute tranquilo de que han gozado el suplicante y los sacerdotes de la congregación de la Misión desde el año 1632, en que fueron introducidos y establecidos por el señor arzobispo de París, a la vista y con el consentimiento de los interesados y con todas las solemnidades de rigor.
Teniendo en cuenta todo esto y demostrándose por los documentos que adjuntamos la verdad de todo cuanto se expone en la súplica presentada al difunto papa Urbano VIII, le rogamos tenga a bien fulminar con la autoridad apostólica y ratificar dichas bulas y de esta manera aprobar y confirmar de nuevo y para la unión y concesión anteriormente hechas de dicho priorato y casa de San Lázaro con sus pertenencias y dependencias a la mencionada congregación de los sacerdotes de la Misión.
Es lo que le suplica 2 VICENTE DEPAUL indigno sacerdote de la Misión Dirección: Al señor provisor de París, comisario delegado por nuestro Santo Padre el Papa. ________ 2 Nicolás Porcher atendió a los deseos de san Vicente.
El 30 de abril mandó hacer las publicatas reglamentarias en el provisorato y en San Lázaro, 415
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